En el día después de que se conociese la decisión del Tribunal Supremo de no admitir a trámite el recurso de casación presentado por la Asociación Estradense pola Defensa do Rural e o Urbano (Aedru) en relación al nuevo Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) de A Estrada, el colectivo anunció a través de su abogado, Carlos Aval, su intención de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

El fallo del Alto Tribunal, ante el que Aedru presentó recurso de casación en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimatoria del recurso contencioso-adminisrativo interpuesto por el colectivo contra la orden del 3 de junio de 2013 de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestruturas por la que se aprobó el PXOM, recoge que se acuerda la inadmisión a trámite "por la carencia en el recurso de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, en los términos que ha sido articulado por la parte recurrente". Sin embargo, el abogado de Aedru trasladó el desacuerdo al entender que en este caso se ponen de manifiesto "un montón de problemas nuevos".

Sin entrar ya en cuestiones de fondo, Carlos Aval consideró que en cuestiones de forma esta resolución resulta "un atropello". "Se nos despachó con una línea", dijo el letrado que representa a Aedru. Considera que se realiza una interpretación de la nueva legislación que deja "en indefensión al ciudadano".

"Las resoluciones judiciales tienen que ser motivadas", incidió Aval. El abogado añadió que un fallo "te puede no dar la razón pero por lo menos han de explicarte por qué". Considera que de este modo "se vulnera el derecho a tutela judicial efectiva" y aseguró que Aedru continuará defendiendo judicialmente sus intereses hasta al final.

En esta línea, el abogado que representa a estos vecinos avanzó que, si el Constitucional no atiende su recurso tienen previsto presentar uno ante el Tribunal de Europeo los Derechos Humanos de Estrasburgo.

El PXOM de A Estrada emprendió un periplo judicial después de su aprobación inicial, hace ahora cinco años. No obstante, hasta el momento todas las sentencias relacionadas con el documento urbanístico han resultado favorables al Concello. El Supremo impuso a los recurrentes las costas derivadas del proceso.