Una sentencia favorable a los intereses del Concello de Lalín contra la empresa Unión Fenosa sentará un precedente que podrá ser aprovechado por los municipios de la provincia que tengan el cobro de tributos delegado en el ORAL. Este organismo dependiente de la Diputación fue el encargado, a instancias del gobierno local, de acudir a la justicia para reclamar a la eléctrica las cantidades correctas del canon correspondiente al 1,5% de la facturación, al que tienen derecho las administraciones locales.

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a la que no cabe recurso determina que a Lalín le corresponde por este concepto ingresar 85.827,15 euros y no 32.057 como pretendía la compañía. El alcalde, José Crespo, explicó que una inspección encargada por el gobierno local alertó de que la eléctrica podría estar incumpliendo la normativa y se planteó al ORAL una reclamación, que ya se ganó en primera instancia y que ahora acaba de ser refrendada por el alto tribunal autonómico. La diferencia entre lo que pretendía transferir Fenosa al ayuntamiento y lo que estimaba la administración pública es del 37,3%. La eléctrica planteó que por las anualidades entre 2006 y 2009 el Concello debía cobrar 32.057 euros; es decir, poco más de 8.000 al año y esa fue la cantidad que ya transfirió en ese tiempo a las arcas públicas. Pero ahora, la sentencia del TSXG, amplía la cantidad en 53.769 euros más, con lo que los ingresos anuales para el ayuntamiento quedan establecidos, según los datos ofrecidos por el mandatario, en 21.456,75. "No es que sea una barbaridad, pero sí una cantidad respetable y que al menos nos garantiza pagar el consumo de un año", comentó Crespo.

Con la sentencia en la mano, el primer edil lalinense ya avanzó que instará al organismo tributario de la Diputación que inicie los trámites para reclamar también el canon de los años 2010, 2011 y 2012. El regidor manifestó que inicialmente tenía dudas sobre la posibilidad de que el recurso prosperase, aunque decidió atender las recomendaciones de la inspección y emprender un litigio con la eléctrica mediante el ORAL. "Existían conceptos técnicos, complejos de explicar, en los que, supuestamente no estaba muy claro el desglose del 1,5 por ciento que la empresa debe pagar a los ayuntamientos. La firma que hizo el estudio insistió en que la facturación no era la correcta y ahora recibimos esta buena noticia".

El mandatario subrayó además que de cara a este y al próximo año la situación podría ya normalizarse y la compañía asumir este nuevo escenario jurídico que la obliga a pagar al ayuntamiento un 37,3% más que las cantidades que venía transfiriendo.

La sentencia sienta un claro precedente pues los concellos de la provincia que tengan delegado en el ORAL la gestión y cobro de impuestos podrían demandar una indemnización semejante. En Deza y Tabeirós son todos menos Forcarei y las cuantías, que en solitario no son escandalosas, sí suponen una cantidad respetable para la eléctrica en caso de que le lleguen las previsibles reclamaciones de otros ayuntamientos.