La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a un año y tres meses de prisión a Juan Carlos B.F. por un delito de estafa en la venta de un barco.

Según la sentencia, el acusado dijo a un cliente que no reparase su barco porque, debido al coste, no le compensaría económicamente, y le recomendó que comprase otra embarcación de segunda mano. Para ello, le acompañó en un viaje a Alicante para ver varios barcos, de los que la víctima eligió uno, con la condición de que pagaría un máximo de 40.000 euros por él.

El acusado y la víctima firmaron un contrato en el que el primero figuraba como vendedor, de manera que la víctima le hizo a él directamente la transferencia del dinero, en la creencia de que éste se encargaría de adquirir el barco al verdadero propietario, de Alicante.

En el trato también figuraba la entrega, por parte del cliente, de otras dos embarcaciones valoradas en 12.500 euros, que servirían para sufragar los gastos del transporte del barco comprado en Alicante y las posibles reparaciones que necesitase.

Pero lo cierto es que, aunque el acusado se quedó con el dinero y con los dos barcos de su cliente, la embarcación supuestamente adquirida en Alicante nunca llegó a Galicia (porque él nunca hizo nada para comprarla). Según se recoge en la sentencia, Juan Carlos B.F. esgrimió varias excusas ante su cliente para justificar la tardanza, alegando que había problemas con el transporte, o que estaba buscándole otra embarcación.

Por ello, la Audiencia lo considera autor de un delito de estafa (aunque no de falsedad en documento privado, como pedía la Fiscalía), y le aplica la atenuante simple de dilaciones indebidas. Así, lo condena a un año y tres meses de cárcel, le impone una multa de 860 euros y la indemnización a la víctima con 52.500 euros.