El Plan Xeral (PXOM) había resistido ya hasta ahora más de 75 recursos judiciales por desacuerdos de propietarios de suelo en diferentes zonas de la ciudad, pero acaba de lograr la victoria más valiosa desde su entrada en vigor a mediados de 2008. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado un recurso de tres colectivos, la Asociación de Afectados por la Ronda de Vigo, Propietarios de San Pedro de Sárdoma y Vecinos de Santa Lucía, contra la totalidad del PXOM. Su demanda, en la que pedían anularlo, tocaba todos los puntos sensibles de la tramitación, desde la posible necesidad de una segunda exposición pública al duplicar el anterior gobierno local el porcentaje de vivienda protegida en la recta final del proceso, hasta la aprobación del Plan en el pleno con acceso restringido de público. La sala segunda de lo contencioso del alto tribunal rechaza todos los argumentos y refrenda que el procedimiento fue correcto y el PXOM, en sus determinaciones globales, se ajusta a la legalidad.

La sentencia resulta especialmente relevante porque, de ganar los recurrentes, podrían caer en cascada sentencias desfavorables al Plan Xeral a partir de ahora. De momento el Concello ha ganado la gran mayoría de las demandas presentadas relativas a ámbitos tan importantes como Rosalía de Castro, Liñeiriños -donde ahora se proyecta el complejo comercial y de ocio Porto Cabral-, los terrenos del astillero Hijos de J. Barreras hacia Tomás Alonso o la ampliación del polígono industrial de Balaídos. También ha perdido unas pocas, la principal de ellas en Troncal, una pieza de suelo encima de Travesía que el Concello tendrá que modificar para excluir algunas viviendas afectadas.

El recurso que promovieron los afectados de Sárdoma, A Salgueira y Lavadores unifica todos los aspectos que podrían anular el Plan Xeral en su integridad, lo que de ocurrir derivaría en una situación de inseguridad jurídica similar a la existente en las dos últimas décadas con el PXOM de 1993.

Uno de los argumentos se refiere a la decisión del alcalde de restringir el acceso al salón de plenos en la aprobación del documento. Los colectivos alegan que el regidor celebró la sesión "a puerta cerrada" negándoles la posibilidad de asistir. El TSXG sostiene que "no es enteramente cierto" y responde que "la decisión estuvo justificada en razón a los altercados e incidentes que algunos asistentes provocaron en las sesiones donde se iban a aprobar inicial y provisionalmente los textos, en las que algunos vecinos tuvieron que ser desalojados". "No puede decirse -prosigue la sentencia- que se hurtase a los ciudadanos el conocimiento de la actuación de sus representantes municipales". A renglón seguido puntualiza que en el salón de plenos había público y medios de comunicación que dieron cuenta de la sesión.

Vivienda protegida

Otro de los ejes que provocaron un encendido debate cuando se aprobó el PXOM fue la decisión del alcalde Abel Caballero de duplicar el porcentaje de vivienda protegida hasta llevarlo a una media del 43%. Empresarios del sector inmobiliario, entidades vecinales y el PP consideraron que el Plan quedaba en situación de inseguridad jurídica al mantener que era necesaria otra exposición pública por la magnitud del cambio y sostener que hacía económicamente inviables las urbanizaciones al producirse un supuesto desequilibrio entre beneficios y cargas para los propietarios.

El TSXG falla, respecto a este argumento expuesto por los demandantes, que el incremento de la reserva de suelo para vivienda protegida no supuso un cambio "sustancial" que obligase a exponer el PXOM de nuevo. "No altera el carácter residencial, ni la edificabilidad prevista ni la tipología constructiva", indican los jueces. En cuanto a la viabilidad económica apuntan que antes de la aprobación final se realizó un estudio sobre la posibilidad de la introducción del 40% de vivienda protegida en el que se actualizaron los valores del suelo y el examen determinó que era factible el incremento.

Otras posibles deficiencias que denunciaban los demandantes aludían a la falta de informes, como el relativo a la red eléctrica de la ciudad, u otros sectoriales como los referentes a Augas de Galicia y la Consellería de Cultura. La sala señala que el PXOM cumple con todos los requisitos dentro de su documentación y apunta que la propia Xunta lo ratifica al dar su aprobación final.

La falta de correlación entre el crecimiento de la ciudad estimado en el PXOM y las viviendas previstas es otra de las cuestiones desechadas por la sala. Los colectivos, además, denunciaron la "ilegalidad del trazado de viales y zonas verdes en la mayoría de las áreas de suelo urbano no consolidado" por vulnerar la norma sobre pendientes máximas. Los jueces puntualizan que en otras sentencias sobre ámbitos del PXOM se acogió ese argumento, aunque concluyen que para este caso su validez "no ha sido corroborada".