Casi 800.000 euros de indemnización. Esta es la condena impuesta por la Sección_Sexta de la Audiencia con sede en Vigo al ginecólogo J.R.F. , a quien responsabiliza de las graves lesiones y la parálisis cerebral que sufrió un bebé al nacer en la clínica Fátima. El fallo judicial sostiene que las lesiones se produjeron justo antes del parto como consecuencia "de omisiones de deberes o impuestos por la prudencia o cautela profesional" del médico, y no en el postparto como esgrimía el abogado defensor. En este sentido el tribunal destaca que la defensa no citó a los especialistas que asistieron al alumbramiento y fueron "testigos directos", y da credibilidad a los peritos de la familia.

La Audiencia estima el recurso de los padres de la niña y revoca la absolución del médico que en su día dictó el Juzgado de Primera Instancia número 4. De la indemnización, 725.000 euros son para la víctima, que sufre parálisis cerebral infantil, epilepsia parcial y retraso psicomotor. Los otros 50.000 euros son para sus padres por los daños morales causados. La resolución no es firme y puede recurrirse ante el Tribunal Supremo.

Los hechos se remontan al 17 de junio de 2004. Una mujer con su embarazo casi a término, acudió a revisión con el médico que la había tratado durante toda la gestación. El auto recoge que a las 10 de la mañana de aquel día se detecta un registro cardiotocográfico no reactivo. El médico cita por la tarde a la mujer en su consulta y programa el parto para el día siguiente. El tribunal aduce que J.R.F., en vez de hacer nuevas pruebas o proceder al parto inmediato, "mantiene este estado de cosas hasta la mañana siguiente". Cuando la mujer ingresa en la clínica, el registro que se practica ya es patológico y finalmente hay que practicar una cesárea.

La niña, nacida 25 horas después del primer registro no reactivo, según el auto, viene cubierta de meconio, muy deprimida con un tes de Apgar de 3-4, con un ph muy bajo que "incomprensiblemente no se determinó al momento del nacimiento" sino en el Hospital Xeral, a donde fue evacuada e ingresada en la UCI_intubada tras varias maniobras de reanimación del pediatra y el anestesista de Fátima.

La suma de estos elementos, y a tenor de las valoraciones periciales, lleva al tribunal a concluir la existencia de un episodio de hipoxia –falta de oxígeno en el cerebro– ocurrido en vida intrauterina. Se trata, según el auto, de un empeoramiento de cosas existentes el día 17 que "se produce a consecuencia de la omisión de un deber profesional consistente en la práctica de pruebas de apoyo que instruyeran sobre la verdadera situación del feto, o bien en la puesta en marcha de una inducción al parto que, a la vista de los resultados no debió dejarse para el día siguiente".