Pese a que toda la argumentación de la Fiscalía contra las indemnizaciones de los antiguos directivos de las cajas gallegas se vertebra a partir de la existencia de un supuesto "plan preconcebido" entre ellos, incluso antes de la fusión, para mejorar sus condiciones laborales de cara a la "previsible" salida de la entidad, las dos fiscales de Anticorrupción pidieron iniciar el juicio que se celebra desde ayer en la Audiencia Nacional para analizar la legalidad de los 19 millones con la declaración del único imputado ajeno a la gestión. La de Ricardo Pradas, asesor legal externo y también acusado de "cooperador necesario" -el mismo cargo que recae sobre Julio Fernández Gayoso- en un proceso que él definió como "una pulcritud jurídica". "Por mucho que especulemos de forma extraordinaria", reprochó durante su intervención. Pradas sostiene que los cambios en los contratos bajo sospecha eran "puras adaptaciones" con los derechos que los ex altos cargos acumulaban desde hace años y que sin esas actualizaciones "ya se podrían haber acogido igual a las prejubilaciones".

En su labor de "asesoramiento global", el abogado "examinaba la conformidad" de "los borradores" que se le hacían llegar desde Caixanova, con la que se estableció esa función de consultoría, y Novacaixagalicia después. Su enlace era uno de los acusados, Óscar Rodríguez Estrada, encargado de los asuntos jurídicos y laborales. "No era mi competencia hablar con los interesados. En ningún caso", afirmó Pradas, en referencia a la posible interlocución respecto a los contratos de alta dirección, con "un tronco común" en todo el sector porque fue la propia patronal de las cajas la que facilitó a las entidades un modelo.

Insistentemente, la fiscal Pilar Melero intentó comparar los contratos de los imputados -Rodríguez Estrada, Gregorio Gorriarán, José Luis Pego y Javier García de Paredes- con el de Ángel López Corona, otro antiguo directivo de Caixanova que se prejubiló en 2009 con algo más de 2,2 millones de euros. Pradas le recordó que, entre otras diferencias, estaba el pacto laboral de la fusión, que generalizó las prejubilaciones a partir de los 55 años y que extendía las medidas aprobadas para la plantilla también a los altos directivos "en todo menos aquello que entrara en contradicción con sus contratos". Como la opción de prejubilarse antes de los 55. Por eso el asesor repitió en varias ocasiones que esos borradores que él supervisó con los contratos de Pego, Rodríguez Estrada y Gorriarán en octubre de 2010, en el camino a la integración de las dos cajas, "introducían fundamentalmente el acuerdo del pacto laboral".

"¿Y la introducción del derecho de viudedad?", preguntó la fiscal. "Es imposible que se introdujera ex novo un derecho de viudedad porque ya existía para toda la plantilla -respondió Pradas-. Está en el convenio de cajas de ahorros". "¿Por qué entonces se hace otro contrato? ¿Para qué es necesario?", cuestionó entonces Melero. "Emito mi opinión: por mayor seguridad, estabilidad y transparencia", justificó Ricardo Pradas. También a él le encomendaron preparar el contrato "en similares condiciones" para Javier García de Paredes. El experto legal rechazó que el director general adjunto procedente de Caixa Galicia hubiera influido en la redacción. "En absoluto -destaca-. No negocio en nombre de nadie".

En una de las muchas ocasiones en las que la fiscal se refirió a la retribución complementaria por resultados parte fija, uno de los conceptos salariales discutidos en la demanda, lo hizo para preguntar por qué no se consolidó en el contrato de De Paredes si la orden era ajustarle a las condiciones del resto de altos cargos. Pradas tuvo que rememorarle entonces que el director adjunto venía de Caixa Galicia. "Que no tenía esos conceptos. En su caso -añadió- se consolidaron otros por decisión del pacto laboral para homogeneizar ambas plantillas".

A Pradas se le vio visiblemente molesto con "el uso" en el escrito de acusación de su comparecencia en la comisión de retribuciones de Novacaixa de principios de agosto de 2011. La asamblea general había votado ya la conversión en banco previa a la nacionalización con la inyección de 2.400 millones que puso el FROB. Esa transformación "era una concurrencia de libro" para que los altos directivos pudieran desistir de sus contratos. Al igual que podrían haberlo hecho, dijo, con la fusión. A esa comisión acudió, precisamente, para explicar "el derecho" de los cuatro directivos. "No entro en el elemento cuantitativo porque nunca tuve conocimiento de la cuantía de los salarios ni del importe de las liquidaciones", zanjó.

Los vocales de la comisión se interesaron por el impacto de los hipotéticos desestimientos, que "no sabíamos si se iban a producir o no". "¿Estaba presente?", indagó la fiscal. "Sí", confirmó Pradas. "Eran 28 millones, la suma de los importes de las prejubilaciones y los derechos futuros hasta la jubilación. Ésa cifra se transmitió", apuntó, como razón de la "contingencia" que contablemente era preciso provisionar "de acuerdo a los derechos de los contratos".

Aunque la denuncia presentada por un particular contra los exdirectivos de las cajas también iba contra José Luis Méndez y sus hijos, José Luis y Yago, ninguno de ellos fue imputado. ¿Por qué? Porque el ex director general de Caixa Galicia y responsable a ojos del Banco de España de la quiebra de la entidad coruñesa se fue antes de la fusión, una decisión que además no tomó él, sino que la impuso el propio organismo regulador.