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Una venganza informática a la empresa

Una trabajadora de Vigo afronta prisión acusada de eliminar archivos y bases de datos de clientes tras serle comunicada la suspensión temporal del contrato

Los juicios por delitos de daños informáticos no son frecuentes. El Juzgado de lo Penal 2 de Vigo tenía señalada ayer una vista de esta materia, en la que la acusada es un trabajadora de una empresa que, tras serle comunicada la suspensión temporal de su contrato, presuntamente destruyó multitud de archivos, incluso bases de datos de clientes, lo que causó un perjuicio económico a la sociedad e incluso le hizo perder clientes. La Fiscalía pide que sea condenada a 20 meses de prisión y a indemnizar a la firma con 26.410 euros.

La vista fue finalmente suspendida y se puso nueva fecha en enero. Los hechos se remontan a 2017 cuando, relata la fiscal en su escrito provisional de acusación, la mujer trabajaba en el centro que la empresa tiene en Vigo como técnico superior en prevención de riesgos laborales. Llevaba desde 2008 en la firma. La sociedad inició un procedimiento de suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornadas (expediente temporal de regulación de empleo-ERTE) en el que resultó afectada. El 8 de mayo de aquel año se le comunicó la suspensión temporal de su contrato con efectos desde el día siguiente y hasta el 8 de mayo de 2018.

Según la Fiscalía, "con el ánimo de causar menoscabo a la entidad empleadora", accedió con su usuario y contraseña a su equipo informático corporativo y "eliminó de forma deliberada" del disco duro y de la papelera de reciclaje archivos y documentación digital con "información imprescindible" para la actividad de la empresa, de los que no había ninguna copia. Todo entre las 08.11 y las 14.11 horas de aquel día.

El Ministerio Público concreta el presunto perjuicio económico que causó: 6.655 euros para contratar a una empresa que recuperase los archivos, 2.000 euros para adquirir otro equipo y casi 18.000 por falta de atención a clientes durante el período de recuperación de la información eliminada y por la pérdida de clientes de hasta un 8% de la cartera que gestionaba la encausada.

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