La Audiencia de Pontevedra, de acuerdo con el veredicto del Tribunal del Jurado, ha condenado a 17 años de cárcel a José Luis Viéitez, de 53 años, que mató a su vecino José Carlos Alvarez con una desbrozadora en junio de 2017 en A Cañiza, y que trató también de acabar con la vida de la hija del fallecido. Se le condena a 13 años por un delito de asesinato y 4 por homicidio en grado de tentativa.

La Audiencia ha aplicado a José Luis Viéitez una eximente incompleta por considerar acreditado que sufría una "limitación parcial de las capacidades psíquicas" cuando cometió los hechos. El imputado también fue sentenciado a indemnizar a la hija del fallecido con 300.000 euros; y a la mujer, con 150.000 euros, al igual que a su hijo, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

El fallo indica que el acusado y su vecino mantenían "muy malas relaciones por conflictos de lindes y el uso de un camino que derivaron en denuncias mutuas". El día de los hechos, el condenado se encontraba con una desbrozadora encendida en el camino por el que mantenían disputas y que pasa por delante de la casa de las víctimas.

Sus dos vecinos, padre e hija, salieron de su portal para ir a su cuadra y se dirigieron hacia él. En ese momento, atacó a su vecino con la desbrozadora y, después, a la joven. El Tribunal del Jurado consideró que el fallecido "no tuvo capacidad de defensa, pero sí su hija, quien sufre graves secuelas".

El fallo, a tenor del veredicto del jurado, destaca que el condenado tiene "un coeficiente intelectual límite" y que había estado a tratamiento psicológico y psiquiátrico por trastorno ansioso depresivo. Además, señala que sufre, como consecuencia "de la sostenida situación de hostilidad y conflicto con su vecino, así como de la agresión que sufrió por parte de este en el 2015, un trastorno postraumático que no estaba diagnosticado, pero que le hacía sentir miedo de su vecino". Según se explicó en el juicio, dicho trastorno le llevaba a verlo "como un gigante y tener pesadillas con él".

Por ello, según la sentencia notificada ayer, "percibió su presencia y la de su hija como una amenaza y revivió el trauma con un estallido de miedo y agresividad que le llevó a reaccionar contra ellos teniendo sus capacidades mentales parcialmente disminuidas, de forma severa la capacidad para controlar sus impulsos y de forma moderada la capacidad para percibir la realidad y actuar en consecuencia".

La Audiencia, no obstante, entiende que no queda justificado que esta afectación parcial grave de sus capacidades mentales fueran de tal entidad como para aplicar una reducción de la pena en dos grados como pedía la defensa, sino que tan solo rebaja la condena un grado. En atención a la gravedad del hecho y la gravedad de las lesiones causadas, que todavía dejan graves secuelas físicas en la mujer, considera adecuada la pena de cuatro años de cárcel.

Lo mismo en el caso del asesinato con alevosía de su vecino. Tras la rebaja en un grado de la pena por la afectación que sufrían sus facultades mentales. La magistrada presidenta del tribunal entiende que "las múltiples lesiones que presentaba la víctima y su persecución hasta darle muerte" hacen que sea ajustada la pena de 13 años .

La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSXG) en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la misma.