La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha desestimado el recurso presentado por un condenado por la Audiencia Provincial de Pontevedra a dos años de cárcel y a cinco de libertad vigilada por cometer un delito de abuso sexual sobre menor de 16 años. El tribunal, al igual que en la sentencia de instancia, considera acreditado que el acusado, de 76 años, abordó a una niña de 12 años el 25 de mayo de 2017 en el baño de mujeres de un bar de A Lama, la besó dos veces en la boca y le tocó las caderas. Después, le dio dinero y le pidió que no dijese nada a nadie.

El TSXG rechaza que los hechos sean constitutivos de un delito de coacción leve, como reclama el imputado. Los jueces subrayan que, a pesar de que el tocamiento en la cadera fue "rápido y fugaz", el "ánimo lúbrico" con el que actuó el sospechoso es "obvio" y va "mucho más allá de la mera intromisión en la intimidad, si es que esa clase de intromisiones pueden tener otra finalidad, lo cual es muy discutible". El tribunal también señala que si bien la entidad física del tocamiento "no fue intensa", sí lo fue la del beso. El TSXG recalca en el fallo que la víctima fue "una niña cuya indemnidad sexual es un bien jurídico protegido en el delito imputado".

Durante el juicio celebrado en Pontevedra, la madre de la menor relató como la víctima tuvo que someterse a tratamiento psicológico y como en el vecindario no les creían y defendían al ahora condenado. De hecho, aseguran que la presión sobre la familia de la víctima provocó que al final tuvieran que mudarse para irse a vivir a otro lugar.