Dos meses en libertad a la espera de juicio. El autor confeso de la muerte de dos gais en un piso de la calle Oporto de Vigo, Jacobo Piñeiro Rial, disfrutará de dos meses de libertad antes de que se repita el juicio con jurado en el que se enfrenta a más de 60 años de cárcel. La Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo ha fijado para el mes de septiembre la fecha de la nueva vista, que se celebrará entre los días 16 y 24.

Piñeiro Rial, que reconoció haber propinado las 57 puñaladas que causaron la muerte de Isaac López Triviño (de 22 años) y de Julio Andersen Luciano (de 32) años el 13 de julio de 2003, en dos habitaciones diferentes del piso que ambos jóvenes compartían, adujo que en el ataque a Julio actuó en defensa propia, y en el de Isaac "miedo insuperable", ya que pretendía defenderse ante el temor a ser violado. Después, según su propia versión, se duchó, cogió una maleta en la que introdujo diversos enseres del piso de las víctimas – junto a las que había cenado en compañía de otros amigos–, prendió fuego a los cuerpos, abrió la espita de gas de la cocina y encendió tres fuegos más antes de abandonar la vivienda unas cinco horas después de los crímenes.

El jurado popular que le juzgó en 2009 le absolvió de los delitos de asesinato, y le declaró culpable del incendio, por lo que fue condenado a 20 años de cárcel. El veredicto del jurado causó sorpresa e indignación. El Tribunal Superior de Xustiza, al que recurrieron tanto la Fiscalía como la acusación particular, anuló el veredicto y ordenó repetir el juicio con un nuevo magistrado y otro jurado popular. Sostenía que la redacción del objeto del veredicto "fue defectuosa" y, además, la motivación del jurado se presenta como "absurda, ilógica y arbitraria en grandes aspectos frente a los hechos básicos enjuiciados".

La defensa de Jacobo Piñeiro recurrió en apelación al Tribunal Supremo, que este mismo mes desestimó sus pretensiones y ratificó el fallo del TSXG. Entre apelaciones y recursos, el próximo 13 de julio Jacobo Piñeiro cumple los 4 años que, como plazo máximo, permite la Ley mantener en prisión provisional a una persona a la espera de juicio. Por eso, será excarcelado hasta que se celebre la nueva vista.