Tribunales

El Supremo revisa mañana la sentencia de los atentados de Barcelona y Cambrils del 17A

En mayo de 2021, la Audiencia Nacional condenó a penas de entre 8 y 53 años de cárcel a tres miembros de la célula yihadista que perpetró los atentados en Las Ramblas de Barcelona

Fachada del Tribunal Supremo.

Fachada del Tribunal Supremo. / Eduardo Parra / EP

EFE

El Tribunal Supremo celebra este miércoles una vista pública para estudiar los recursos de las acusaciones y los condenados contra la sentencia de la Audiencia Nacional por los atentados yihadistas perpetrados en Cataluña el 17 de agosto de 2017, que causaron 16 muertos y 140 heridos.

La Sala de lo Penal se reúne a las 10:00 horas para escuchar las alegaciones de las defensas y de las acusaciones, que pedirán responsabilizar a los condenados de los asesinatos que perpetró la célula terrorista, un hecho que fue descartado por la Audiencia Nacional, cuya sentencia no impugnó la Fiscalía.

En mayo de 2021, la Audiencia Nacional condenó a penas de entre 8 y 53 años de cárcel a tres miembros de la célula yihadista que perpetró los atentados en Las Ramblas de Barcelona, mediante un atropello masivo con una furgoneta, y en el paseo marítimo de Cambrils (Tarragona), por delitos como pertenencia a organización terrorista o depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista.

En concreto, impuso 53 años de prisión a Mohamed Houli, quien resultó herido en la explosión en Alcanar (Tarragona), 46 a Driss Oukabir, quien alquiló la furgoneta de Las Ramblas, y 8 años a Said Ben Iazza por colaboración, ya que prestó su documentación y una furgoneta para comprar y transportar artefactos explosivos.

Más tarde, la Sala de Apelación de la Audiencia rebajó diez años las penas a dos de ellos, de 53 a 43 años a Mohamed Houli, y de 46 a 36 a Dris Oukabir, por una cuestión técnica, si bien rechazó responsabilizarles por los 16 asesinatos cometidos por el resto de miembros de la célula terrorista, como pedían las acusaciones, porque sostuvo que no tuvieron conocimiento ni participaron en dichas acciones terroristas.

La sentencia consideró probada la creación del grupo terrorista en 2015 en torno a la figura del imán de Ripoll (Girona) Abdelbaki es Satty, quien murió el 16 de agosto en la explosión de la casa de Alcanar.

Según dicho relato de hechos, Es Satty se dedicó a adoctrinar a los miembros de la célula -todos jóvenes que residían en Ripoll, hermanos o que se conocían desde niños-, que llegaron a acumular entre 200 y 500 kilos de explosivos, además de 104 bombonas de butano y 19 artefactos caseros.

A principios de julio, comenzaron las búsquedas de posibles objetivos: embalses, como los de la zona de Cambrils y en el pantano de Riudecanyes (219 búsquedas ), iglesias en Valencia, base aérea de Zaragoza, Alhambra de Granada (104 ), la fiesta de la Tomatina de Buñol (106), Audiencia Nacional en relación con su ubicación y número de trabajadores (125), etcétera.

Un día después de la explosión de Alcanar -en la que también murió otro miembro de la célula y Mohamed Houli resultó herido-, Younes Abouyaaqoub embistió con una furgoneta -alquilada a nombre de Driss Oukabir- a decenas de personas en Las Ramblas de Barcelona.

Aquella noche, otros cinco miembros de la célula se dirigieron al paseo marítimo de Cambrils, donde perpetraron el segundo ataque. Todos ellos fueron abatidos por los agentes, incluido Abouyaaqoub, que fue abatido el día 21 en un camino de Subirats (Barcelona).

En aquellos atentados murieron 16 personas y 140 resultaron heridas.