La Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto la primera condena a prisión permanente revisable dictada en la Comunidad Valenciana a un hombre que degolló a la hija de dos años de su mujer, en su domicilio de la localidad valenciana de Alzira, después de que ella le comunicara su intención de divorciarse.

Así consta en la sentencia, en la que el tribunal recoge el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular y condena al hombre, de 30 años, por un delito de asesinato, con la agravante de parentesco, y un delito de lesiones. Junto a la prisión permanente, le impone una indemnización a la mujer de 125.000 euros por el fallecimiento de su hija.

El tribunal establece la prisión permanente en base a jurisprudencia y al tener en cuenta dos aspectos: la alevosía y la hiperagravación. Respecto al primero, la Sala indica que la alevosía la compone el hecho de que la niña, cuando recibió los cortes en el cuello, estaba dormida y sin posibilidad de advertir la presencia del hombre. Tampoco hubiera podido ofrecer la más mínima defensa aunque se hubiera despertado debido a la posición de tendida sobre la cama en la que se encontraba antes del ataque.