La Audiencia de A Coruña ha desestimado las cuestiones previas planteadas por la defensa del autor confeso de la muerte de Diana Quer en agosto de 2016 en A Pobra do Caramiñal, José Enrique Abuín Gey, al tiempo que ha rechazado anular pruebas, entre ellas la brida localizada en el cabello de la joven y con la que se cree que 'El Chicle' asesinó a Diana, aunque considera "lamentable" que no se conserve íntegra y que fuese "troceada" durante la investigación.

El auto hace referencia a la petición de la defensa de que "en ningún momento puedan considerarse como medios de prueba" los "trozos de plástico de color negros" estimados como "bridas" y que, según apuntan, no aparecen recogidos en las diligencias de inspección ocular y levantamiento del cadáver

"La referencia que se tiene de las bridas y cintas adhesivas en cuestión son fotografías incorporadas al Informe de Inspección Técnico Ocular" con posterioridad, apunta la defensa de Enrique Abuín, que considera que "no se tiene la más mínima constancia de que la brida sea la que supuestamente se encontró en el cabello de la víctima". "Para colmo de los despropósitos, la supuesta brida y los demás elementos fueron destruidos cuando fueron objeto de examen de ADN", atestigua la defensa.

Sin embargo, la Audiencia rechaza anular esta prueba indicando que debe ser el jurado popular el que, en la vista, "tenga que valorar si da por cierta o no" esta prueba y asegura que su inclusión no vulnera los derechos del acusado.. No obstante, el tribunal afirma que "es desde luego lamentable que no se haya conservado intacta" esta brida, que sufrió un "troceamiento", teniendo en cuenta, además, que "su fragmentación dista de apreciarse como absolutamente imprescindible para la realización de análisis de ADN, más allá de rutinas o comodidades".

En todo caso, recuerda que "existen más elementos probatorios que podrían demostrar cuales eran las concretas características de este elemento" que "la supuesta conservación íntegra del supuesto instrumento usado para la perpretación del delito", incidiendo en que no es "requisito procesal o legal imprescindible para que pueda considerarse probada su utilización". Solicitaba asimismo la letrada "la nulidad de la primera declaración prestada por el acusado en sede policial" al existir "irregularidades" que, supuestamente la invalidarían, aspecto que no comparte la Audiencia coruñesa que recuerda que el acusado "estuvo asistido" por un letrado "designado".