Por su parte, consultada Defensa por Europa Press acerca de este caso, fuentes del Ministerio han eludido pronunciarse de forma concreta, amparándose en la ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

No obstante, con respecto a los criterios de exclusión médica, las mismas fuentes ministeriales se han remitido a la orden PRE/2622/2007, por la que se aprobó el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.

El Tribunal Médico Militar de Apelación desestimó el recurso de esta aspirante con arreglo a los motivos de exclusión recogidos en los apartados D 5 (afecciones del estómago, intestino y peritoneo, con trastornos orgánicos o funcionales) y A 7 (enfermedades inmunoalérgicas, de importancia pronóstica y funcional, que incapaciten para la profesión militar).

Esta legislación fue publicada en el Boletín Oficial del Estado del 13 de septiembre de 2007.