Un largo "retraso" en el diagnóstico médico por omitir la realización de pruebas pese a la existencia de "sospechas claras y fundadas" de la existencia de una lesión vascular, seguido de otras demoras posteriores en la práctica de una prueba clave y en el traslado al hospital adecuado. Estas son las causas que según la sentencia dictada por la titular del Juzgado de lo Penal 3 de Vigo motivaron la amputación de la pierna derecha de la gimnasta acrobática de élite Desirée Vila en 2015, cuando la chica tenía 16 años y tuvo que ser ingresada tras un accidente deportivo. Una imprudencia "de importante intensidad" que atribuye al traumatólogo del centro médico El Castro acusado por este caso, Pedro Larrauri. La magistrada concluye que este facultativo, que tuvo tres días a su cargo a la paciente, es responsable de un delito de lesiones por imprudencia grave con pérdida de miembro principal y grave deformidad, condenándolo a 2 años de cárcel, 4 años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica y a abonar a la deportista una indemnización que superará los 2,1 millones de euros ya fijados. Por contra a esto, la juez acredita que la actuación posterior a la de este médico que se realizó ya en Povisa fue "correcta", rechazando con rotundidad la versión que había dado el acusado en el juicio.

Tras el juicio celebrado en enero, la sentencia de 43 folios dictada por la magistrada Cristina Martínez Raposo -en la que condena a la petición de cárcel e inhabilitación que planteaba la Fiscalía- fue notificada ayer a las partes. La pena de prisión, salvo sorpresas, no implicaría el ingreso efectivo en un penal del facultativo, dado que no supera los dos años y carece de antecedentes penales. Una de las muchas cuestiones que la juez se extiende en detallar con precisión en el fallo es la relativa a la responsabilidad civil. Así, condena al médico, al que se imponen las costas procesales, a indemnizar a Desirée en una cantidad que suma 2.154.684 euros, a la que habría que añadir, además del interés legal previsto, otras cuantías en concepto de "gastos previsibles de asistencia sanitaria" u "perjuicio patrimonial por incremento de costes de movilidad" que se determinarán en ejecución de sentencia.

De todas estas cuantías responderán de forma directa, conjunta y solidariamente con el acusado dos entidades aseguradoras "hasta el límite de sus respectivas pólizas". Y para el pago se decreta asimismo la responsabilidad civil subsidiaria de El Castro, centro médico que había entrado en preconcurso de acreedores tras la fianza impuesta por este caso, proceso que se acaba de parar tras la compra de la clínica viguesa por parte de un grupo empresarial sanitario.

Prótesis

Gran parte de las cantidades de las partidas indemnizatorias para Desirée son las relativas a las prótesis que tendrá que usar a lo largo de toda su vida: 1,1 millones para las prótesis normales y 485.875 para las deportivas. La juez considera que la necesidad de estas últimas está "debidamente acreditada" a fin de que la amputación "no constituya obstáculo" para que la gimnasta siga practicando deporte, como ella desea.

El resto de cuantías, que se sitúan entre los 1.100 y los 100.000 euros, son por los días de baja, las graves secuelas, el perjuicio estético, la operación, el daño moral complementario a la secuela y el perjuicio por la pérdida de calidad de vida: la chica se dedicaba al "deporte de élite" y la amputación no sólo le afecta a su vida diaria, sino también "en el aspecto profesional" por las "limitaciones" que tendrá. Debido a la negligencia sanitaria sufrida, que también le causó un trastorno depresivo en gravo leve, la gimnasta tiene reconocido un grado de minusvalía del 45%.

Los hechos que han dado lugar a esta condena tienen su origen el 26 de febrero de 2015, cuando Desirée, en un entrenamiento deportivo en el club Flic Flac, sufrió un accidente cuando realizaba ejercicios en la cama elástica. Debido a ello fue trasladada en un primer momento al Hospital Fátima de Vigo y de ahí derivada a El Castro, donde ingresó esa noche y donde permaneció hasta el mediodía del 2 de marzo. Se le diagnosticó inicialmente una fractura de peroné y posible fractura tibial. La magistrada resume que los tres grandes hechos que derivaron en la la amputación y que atribuye a Pedro Larrauri fueron en primer lugar el retraso en el diagnóstico de la lesión de la arteria poplítea -por la falta de utilización de medios diagnósticos "existiendo sospechas fundadas de lesión vascular"-, así como la demora de siete horas en la prueba del angio-TAC -que ya se había pospuesto hasta tres días después del ingreso- y finalmente otro retraso más de 15 horas en el traslado a Povisa, a efectos de una revascularización. Este cambio de hospital no se produjo hasta el día 2 de ese mes de marzo, "obviándose la urgencia del cuadro clínico e incrementando los plazos para su adecuado tratamiento en términos que comprometían la viabilidad de la extremidad".

Cambio de hospital

Una vez en Povisa, y tras los exámenes y pruebas que certificaron la gravedad de la situación, como la pérdida de sensibilidad en la pierna derecha, se hizo otro angio-TAC y se procedió a la cirugía revasculizadora con by-pass urgente. Pese a los esfuerzos, ya no se pudo salvar la extremidad. "Dada la imposibilidad de revascularización y la isquemia severa e irreversible de la zona afectada, a Desirée le fue indicada y practicada la amputación", cirugía que se realizó el 4 de marzo.

Al respecto de Povisa, uno de los principales argumentos del médico condenado en su versión exculpatoria es que la isquemia que causó la amputación derivó de la operación del cirujano de ese centro. Concretamente, dijo en el juicio, por la "defectuosa realización" del by-pass. Algo que se descarta de forma rotunda en la sentencia, en la que se respalda la actuación del facultativo Manuel Eugenio Lores. "La prueba practicada avala la versión del doctor Lores, no existiendo prueba alguna que acredite que el by-pass se realizó de forma defectuosa", dice la magistrada, para añadir que todos los cirujanos vasculares que declararon en la vista como peritos coinciden en que esa actuación y las demás llevadas a cabo en Povisa "fueron correctas".

Y es que para la juez, el informe "rotundo y contundente" de las médicos forenses del Imelga, junto con las declaraciones de los peritos de la acusación e incluso, aunque se pronuncien de forma "dispar", los de la propia defensa, echan por tierra la versión exculpatoria del acusado. A ello une las testificales de personal sanitario de El Castro o de la propia deportista y sus padres. La magistrada considera, al contrario de lo sostenido por el traumatólogo, que su imprudencia "fue de importante intensidad". "La pluralidad de omisiones sucesivas" en las que incurrió y el "elevado grado de imprevisión" con el que actuó incidieron "de forma directa y eficientemente" en el "desenlace final".

Hubo, añade, una "muy deficiente aplicación de la lex artis" con "olvido o desatención flagrante e inexplicable de importantes deberes y factores de riesgo que concurrían en este caso". Ese "conjunto de omisiones habidas del deber de cuidado", concluye, "simbolizan su despreocupación más absoluta y clamorosa por la suerte que pudiera correr su paciente". El médico desatendió llamadas de profesionales de El Castro para que fuese de noche a ver a la joven, que desde la primera madrugada se quejaba de "dolor intenso", siendo además los informes clínicos preocupantes.

A la hora de imponer la pena de prisión, en todo caso, se limita la misma a 2 años. Aún teniendo en cuenta la "entidad de los hechos y el resultado causado", también valora que el acusado carece de antecedentes penales y que hasta ahora ejerció su profesión "durante años" y "sin tacha alguna".