David Oubel Renedo, primer condenado en España a una pena de prisión permanente revisable por los asesinatos de sus propias hijas en julio de 2015, ha aceptado otros 3 años y 6 meses de prisión, al declararse autor de un delito de apropiación indebida. Se quedó con dinero de las comunidades de propietarios que gestionaba, en diferentes cantidades que en conjunto suman casi 70.000 euros.

Oubel era, en su vida profesional, responsable de la empresa Gaubica Gestión Inmobiliaria desde la que administraba varias propiedades.

La sentencia de la sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra indica que David Oubel causó un perjuicio económico a estas comunidades de propietarios por un importe total de 69.651,95 euros.

El investigado mostró expresamente su conformidad con esta acusación, así como con la pena propuesta, sus accesorias e incluso con la responsabilidad civil solicitada.

A la pena de tres años y seis meses de prisión se suma una multa de 1.355 euros, además de una indemnización por el total del dinero indebidamente apropiada. Los casi 70.000 euros de indemnización se reparten en sumas de 13.582,14 euros a la comunidad de propietarios de un edificio de Pontecesures; 4.835,77 euros a la comunidad de propietarios de un inmueble de Caldas de Reis; la suma de 10.122,18 euros los propietarios de un edificio de Moraña; otros 6.111,70 euros a una comunidad de Caldas de Reis; otras sumas de 17.733,27 y 1.681,77 euros en inmuebles de Caldas de Reis, así como la suma de 12.570,72 euros por las cantidades distraídas o apropiadas indebidamente y al pago de la cantidad de 2.500 euros por la pérdida o la destrucción de documentación contable, comercial, bancaria y de actas de la comunidad, en ambos casos, a los propietarios del edificio A Tafona de Caldas de Reis. Por último, debe indemnizar con 3.014,50 euros a una comunidad de propietarios de Cuntis.

El ministerio fiscal, en sus conclusiones definitivas, estima que los hechos son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida agravada y las acusaciones particulares, en representación de las comunidades, se adhirieron a la petición de condena. Ante la "expresa conformidad" del acusado con los hechos denunciados y las penas solicitadas, la sentencia se dictó con el acuerdo de todas las partes, sin que se llegara a celebrar el juicio.

Sentencia

La sentencia considera probado que David Oubel, con un evidente ánimo de obtener un beneficio económico en perjuicio de los propietarios de las fincas urbanas de las comunidades de propietarios que gestionaba como administrador profesional, se aprovechó de su condición de autorizado en las cuentas bancarias abiertas por las referidas comunidades, de las que era el gestor, para realizar en su nombre y por su cuenta una serie de actos dispositivos durante un período de más de tres años, entre 2012 y 2015. Con ello buscaba el incremento de su patrimonio o sus ingresos personales, o bien para abonar con su importe gastos o atenciones particulares, ajenos a los gastos de las comunidades de propietarios. Oubel hacía transferencias bancarias entre las cuentas de las comunidades y las suyas, hasta generar las apropiaciones indebidas por las que fue condenado.