Una resolución del presidente de Portos de Galicia, José Juan Durán, publicada en el Diario Oficial de Galicia decreta "la caducidad de la concesión administrativa otorgada el 15 de diciembre de 2006 a la mercantil Combarromar SA con destino a la construcción y explotación de instalaciones para la navegación recreativa en el puerto de Combarro".

Así se detalla en la orden publicada el pasado 26 de abril en el DOG y que ya ha motivado la celebración de reuniones de usuarios de amarres y otras instalaciones en este puerto para determinar los efectos de la medida.

La resolución de Portos no cita expresamente las razones de la caducidad y solo apunta a que se debe a la "concurrencia de la causa imperativa de caducidad prevista en la condición general 43ª, apartado b), del título de la concesión".

Sí indica que "la declaración de caducidad implica con efectos inmediatos la extinción anticipada del título y la pérdida de las garantías constituidas, así como la reversión a esta administración, gratuitas y libres de cargas, de las obras e instalaciones objeto de la concesión" Además, aclara que "Portos de Galicia no asumirá ningún tipo de obligación laboral o económica de la persona titular de la concesión, vinculada o no a la actividad objeto del título extinguido".

Los servicios técnicos del ente autonómico "realizarán las actuaciones precisas que requiera la extinción anticipada de la concesión administrativa y la formalización del acta de reversión al dominio público portuario, en un plazo máximo de tres meses a contar desde la notificación", salvo causas justificadas. De este modo, "antes de la fecha que se señale para el levantamiento del acta de reversión, si no lo ha hecho con anterioridad, el interesado deberá retirar fuera del espacio portuario todos los materiales, equipos o elementos que sean de su propiedad y que no reviertan gratuitamente a Portos de Galicia, sin que las instalaciones experimenten quebranto alguno; en caso de incumplimiento, dicha retirada la efectuaría Portos de Galicia de manera subsidiaria y a cargo de los interesados".

Contra esta resolución es posible formular un recurso judicial u otro potestativo de reposición ante el propio ente autonómico.