El Tribunal de Cuentas absolvió a la formación política Independentes de Caldas de Reis, acusado por exceder el gasto electoral en las elecciones municipales de 2015. De esta forma resuelve favorablemente el recurso contra la sanción emitida en el pasado mes de julio.

En base al artículo artículo 193.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, se establece el límite de gasto de 1.088,45 euros, mientras que la formación ICdR probó que sus gastos electorales alcanzaban la cifra de 1.014 euros. La sentencia de absolución es susceptible de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo.

Se trataba de una situación sin precedentes ya que era la primera vez que el Tribunal de cuentas adoptaba una medida sancionadora contra grupos políticos municipales. En la misma situación sancionadora se encontraban otras plataformas de toda Galicia, entre las que estaban Sanxenxo Pode, Sanxenxo Agrupación Liberal, Terra Galega o Meaño Idependientes.

De esta forma ICdR no tendrá que abandonar las sanción por incumplimiento de la norma aprobaba en marzo de 2015 y que podría ascender hasta los 50.000 euros. El tope de gasto electoral, descontando el mailing y papeletas electorales que no computan como tal, es de 0,11 euros por vecino con derecho a voto.

Si la agrupación se excede en más del 10% supone una infracción muy grave, con una sanción que podría llegar a los 100.000 euros, según especifica el artículo 17 bis de la ley de financiación de partidos políticos.