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Cabezas sigue investigado por el 10% y 5 exediles del PP se libran

La jueza ve prescrita la causa contra 'Poli' Nóvoa y archiva contra otros 4

Manuel Cabezas. // Iñaki Osorio

Cinco exconcejales del PP que fueron citados como investigados el 23 de mayo, en pleno cierre de campaña de las municipales, quedan al margen de la investigación abierta hace ya 5 años por el conocido como caso del 10%, que determina si hubo malversación por que el Concello de Ourense no hubiera exigido a determinado promotores ese porcentaje para fines públicos entre 1999 y 2003, un supuesto perjuicio para las arcas que el Consello de Contas cifró en 1,65 millones de euros.

La jueza considera prescrita la causa contra Enrique Nóvoa Poli, y archiva provisionalmente contra Francisco Javier Rodríguez Nóvoa, José Luis Rodríguez Cid, Belén Girón Vélez y Francisco Muñoz. La causa por presunto delito continuado de prevaricación y malversación agravada se limita al exalcalde Manuel Cabezas y al que fue edil de Urbanismo, Ricardo Campo. Con anterioridad ya se había declarado la extinción de responsabilidad, por prescripción, contra los exediles Elena Rivo y Vicente Alonso, así como contra el único concejal en activo, Mario Guede.

El turno de las acusaciones

La magistrada Eva Armesto, que sustituye en la instrucción a Leonardo Álvarez después de que este fuese objeto de una querella por parte de la denunciante, la exedil Áurea Soto, da por finalizada la instrucción y abre la fase intermedia del caso. Da traslado a la Fiscalía y a la acusación popular, que ejerce la socialista, para que formulen escritos de acusación.

En el auto de fecha 26 de septiembre, la instructora considera que "la exigencia" del aprovechamiento del 10% "en unos casos y no en otros no solo resulta jurídicamente incorrecto, sino que además no resulta sostenible mediante ningún método aceptable de interpretación de la ley". Señala Eva Armesto que "en 1998, la Ley de 13 de abril era perentoria respecto de la exigencia del 10% del aprovechamiento tipo".

La magistrada observa una "desviación o torcimiento del derecho de tal manera grosera, clara y evidente que es de apreciar el plus de antijuridicidad que requiere el tipo penal". Pese a que los investigados alegan, en su favor, que la decisión de perdonar las cesiones se adoptó tras un informe del secretario y en aplicación de un acuerdo plenario de 1994 -entonces gobernaba el socialista Manuel Veiga-, la instructora subraya que "la omisión de tal exigencia suponía privar de bienes al Ayuntamiento y contrariaba frontalmente la legislación aplicable tal y como advertían los técnicos".

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