La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ourense declaró la nulidad de la suscripción de acciones de la ampliación de capital del Banco Popular en 2016. Los magistrados concluyen que la entidad bancaria, absorbida por el Santander en junio de 2017 por 1 euro, reflejó "una información no real y falseada, ocultando a los clientes una situación económica de insolvencia mediante la apariencia de una óptima situación económica". Juan José Pérez, abogado de derecho bancario y financiero, explica que "la situación del banco era mala y colocó millones de acciones a los clientes que perdieron su inversión". El jurista añade que "es una sentencia importante que creará jurisprudencia menor". Admite que cabe recurso al Supremo, "pero no cumplen los requisitos para recurrir". La entidad bancaria tendrá que devolver la cantidad que invirtieron los clientes, el pago de los intereses y hacer frente a las costas judiciales.