El juez adscrito a los penales de Ourense, Ricardo Pailos, absuelve a un hombre de 50 años que tenía en una finca de casa 70 plantas de marihuana. No ve pruebas de que pretendiese traficar y no descarta que pudiera tener las plantas para consumir la droga con intención de mitigar sus dolores de espalda. El acusado tenía la plantación en la finca anexa a la vivienda de su madre, donde él también residía, en Baños de Molgas. A las 13.30 horas del 9 de octubre de 2017, dos agentes de la Guardia Civil se personaron en la propiedad y, previo consentimiento del hombre, se llevaron las 70 plantas de marihuana. Sumaban en total 16,89 kilos, con un valor de mercado de 23.626 euros. Dice el juez que "no ha resultado probado" que el hombre "realizase acto alguno de venta de marihuana ni que tuviese intención de llevarlo a cabo".

Según la jurisprudencia, el consumo diario estimado de marihuana se corresponde con 20 gramos netos. El hombre reconoció en el juicio que las 70 plantas -directamente en la tierra, en una finca de su madre- eran suyas y para consumo propio. Era su primer cultivo y no esperaba obtener tanto cantidad. El año había sido "excepcional", manifestó. Desde hace 15 o 20 años toma cannabis fumándolo y a través de infusiones, comida, aceites o ungüentos. Alega que la sustancia "es la única" que toma para paliar los dolores de espalda que padece desde hace 30 años.

La forense aseguró que la desviación de columna que el acusado tiene desde la infancia es posible que le cause dolor. Vio escoliosis "importante" y artrosis, dolencias "compatibles" con dolor. Un informe de Toxicología ratificó que el hombre era consumidor de cannabis. Dice el juez que "la elevada cantidad" de marihuana intervenida "es claramente insuficiente" para condenar. Absuelve por cinco razones. No hay pruebas de que el acusado vendiese la droga o tuviese la intención. No se indagó sobre su nivel de vida.

Además, los agentes no se incautaron de ninguna cantidad de dinero ni tampoco de básculas o picadoras u objeto alguno que pudiera servir para manipular o vender. Las plantas estaban a la vista, plantadas directamente en la tierra y el acusado no puso impedimento alguno a la entrada de los guardias. Para el juez, la prueba documental "acredita que el acusado es consumidor de marihuana y respalda la posibilidad de que padezca dolores de espalda, por lo que aparece como posible que consuma la citada sustancia para paliar tales dolores".

Por último, aunque el Supremo considera que cuando la marihuana incautada supera los 10 kilos el alijo es de notoria importancia, "tengo que decir, en este caso en favor del reo, que el ciclo de cultivo y preparación de la planta para su consumo es de casi un año, por lo que resulta entendible que quien cultiva marihuana para su consumo pueda procurarse un acopio de sustancia hasta la siguiente cosecha". La Fiscalía pedía 4 años de prisión y multa de 60.000 euros. La sentencia del Penal 1 de Ourense no es firme y admite recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.