Cada verano se habla mucho de eso que se conoce como "furtivismo de bañador", al igual que ante el comienzo de campañas como las de nécora y centollo se alude a la explotación fraudulenta del recurso. Quizás sea conveniente recordar los diferentes tipos de furtivismo que azota las rías:

| Furtivo legal. Pescadores y mariscadores que aprovechan sus permisos y todos los beneficios de su actividad profesional para capturar ejemplares de talla inferior a la permitida o en veda, que rebasa los topes autorizados, se salta los horarios o vende sin pasar por lonja. Genera unos niveles altos de fraude.

| Furtivo doméstico. Personas que residen en los municipios costeros, sobre todo jubilados, que por uso y costumbre pescan o marisquean para consumo propio.

| Furtivo vacacional. En esta categoría se incluye el furtivismo de bañador. Son aquellos que en sus periodos de descanso, y sobre todo en verano, acuden a las zonas costeras y/o de baño para recolectar productos como almejas, berberechos, navajas y percebes, generalmente para consumo propio.

| Furtivo marginal. Personas con desarraigo social y necesidades económicas. Las hay que presentan falta de integración social, psicopatologías adictivas y comportamientos y conductas de desarraigo derivadas del consumo de drogas, alcoholismo, desempleo crónico y similares.

| Furtivo recreativo. Personas que amparadas por sus licencias de pesca recreativa capturan especies para las que no están autorizadas o no respetan los topes de captura, horarios ni zonas de trabajo. Se incluyen tanto los que actúan desde embarcaciones como aquellos que pesca desde costa o mediante prácticas de buceo para posteriormente introducir sus capturas en la cadena de comercialización y el mercado alimentario, sobre todo vendiendo directamente a restaurantes y particulares.