Cuando funcionó el llamado cártel del mejillón y se formaron diversas centrales de ventas para monopolizar la actividad, procediendo al reparto del mercado en Galicia y a la fijación de condiciones comerciales y precios, se reunieron agrupaciones de productores que representaba a prácticamente el 80% de las bateas gallegas, como ahora confirma el Supremo. Para asegurar el cumplimiento de aquel monopolio que tanto dio de qué hablar ente 1997 y 2008 -como después- "recurrieron con frecuencia al intercambio de información confidencial y a emplear mecanismos de control que, en determinados momentos, llegaron a concretarse en boicots y represalias contra otros productores que rechazaban seguir los acuerdos".

En definitiva, que a juicio de la CNC y los tribunales los acuerdos y prácticas llevados a cabo por el sector, y particularmente por la Organización de Productores Mejilloneros de Galicia (Opmega) "eran objetivamente restrictivos de la competencia", de ahí la multa.