La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de dictar sentencia condenatoria contra un hombre de 48 años, natural de Pontevedra, como autor de tres delitos de abusos sexuales contra su hijastra, menor de edad. El tribunal le impone tres condenas que suman en total once años y dos meses de cárcel. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. No obstante, la acusación particular, que defiende los intereses de la menor, solicitará que el fallo pueda ser ejecutable en lo que respecta a la orden de alejamiento del acusado respecto a la víctima.

Cuando comenzaron los abusos la menor tenía 14 años

Los hechos declaran probado que el acusado, L. A. P. R., sometió a abusos sexuales a su hijastra en tres ocasiones, entre 2016 y 2018, primero cuando residían en una vivienda de Vigo y posteriormente ya cuando se trasladaron a un municipio próximo a la ciudad de Pontevedra. Casado con la madre de la víctima desde 2006, tuvo dos hijas con ella en común, además de incorporar al núcleo familiar a la víctima, que cuando comenzaron los abusos tenía unos 14 años de edad.

El acusado negó los hechos e incluso llegó a asegurar que fue la menor la que le "provocaba" sexualmente, pero la Audiencia rechaza esta versión

En el juicio, el acusado negó los hechos e incluso llegó a asegurar que fue la menor la que le "provocaba" sexualmente. Sin embargo, la Audiencia Provincial acaba de dar la razón a la tesis que sostenía tanto la Fiscalía como la acusación particular. El tribunal califica la declaración de la menor como "espontánea, sin que intentara culpabilizar al acusado", además de "verosímil, coherente y firme". A esta credibilidad contribuye el hecho de que fuera corroborada por testigos que depusieron en la vista oral, celebrada en octubre en la Audiencia Provincial de Pontevedra.

De hecho, la sentencia menciona testimonios de la madre de la menor en la que reconoce que el acusado le pidió perdón por los hechos que habían sucedido con la menor e incluso también unos whatsapp en los que se expresaría en esta misma línea. El fallo también recoge extremos que se expusieron en el juicio como el carácter "controlador" del acusado hacia la menor, a la que controlaba el móvil, censuraba conversaciones y también, según testimonios, le suministraba alcohol y drogas. De hecho, el día que se produjo el episodio de abusos más grave, la joven se encontraba bajo los efectos del alcohol.

Además de los 11 años y dos meses de prisión, la Sección Segunda impone al acusado una condena de 6 años de libertad vigilada y penas que suman 16 años de alejamiento y prohibición de comunicación con la menor. Sonia Castelo, abogada que ejerció la acusación particular en defensa de la víctima, indicó que es "perfectamente factible, si se interpone recurso contra el fallo, que al menos la pena de alejamiento sea ejecutable desde ya a la espera de que el TSXG dirima la apelación", algo que solicitará a la Audiencia de Pontevedra. La abogada explicó que tanto ella como la madre de la víctima, que durante el juicio protestó ante la Audiencia pidiendo justicia arropada por el Colectivo Feminista de Pontevedra, se mostraron "contentas" por la condena impuesta al procesado, prácticamente en los mismos términos que solicitaban ellas y la Fiscalía.