La Audiencia de Pontevedra condena a un empresario de Pontevedra como autor de un delito de abuso sexual, por propinar un cachete en el trasero a una empleada menor de edad. La condena consiste en una multa de 3.240 euros.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial confirma en su fallo que el 7 de mayo del 2018 el acusado, mayor de edad, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, y "con la intención de satisfacer sus impulsos sexuales", propinó una palmada en las nalgas a una empleada que en ese momento tenía 17 años de edad.

Según expone la sentencia, confirmada a FARO por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el acusado, que regenta una empresa de redes, sobre las 9.00 horas de esa jornada se dirigió a la empleada, le pidió que saliera del interior de la nave donde estaba trabajando para él, empezó a decirle que era atractiva, que tenía un buen cuerpo y un buen culo, y que la quería para él, y le dio con la palma de la mano en el trasero.

La víctima “sufría síntomas de carácter ansioso depresivo sin que conste acreditado que los mismos se agravaran con motivo de este incidente", añade la sentencia.

El tribunal entiende que el empresario "realizó un contacto corporal no consentido con la chica con un claro significado sexual", todo ello "con independencia de que se tratara de un tocamiento fugaz, puntual o rápido".

La sentencia expone que la joven -que entonces tenía 17 años de edad- "fue bien clara, contundente y persistente en su testimonio incriminatorio" contra el denunciado.

La denunciante manifestó que al poco tiempo de los hechos mandó un mensaje de Whatsapp a su entonces pareja, para comunicarle que le tenía que contar algo importante. Éste declaró que su entonces novia ya le había comentado ciertas miradas y gestos que le hacía el acusado, por lo que incluso llegó a preguntarle si la había violado.

La madre de la víctima acompañó su hija a presentar la denuncia después de que le contase lo ocurrido. También declararon dos compañeros de la víctima.

Se condena al empresario como autor de un delito de abuso sexual a la pena de dieciocho meses de multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como al pago de las costas.

La sentencia es recurrible.