El 12 de marzo de 2016, Manuel Benito Alonso circulaba por la PO-552, el vial que enlaza los concellos de Vigo y Tui, cuando se encontró con un pelotón de 14 ciclistas que circulaban correctamente en columna de dos a dos, a excepción de los dos últimos deportistas que conformaban el grupo. Fue entonces cuando el acusado arremetió contra los ciclistas sin realizar ninguna maniobra de frenado o de cambio de dirección, atropellando a 12 de las 14 personas que circulaban en bici. Como resultado de la colisión, fallecieron J.A.C.P. y D.F.F., y 9 resultaron heridos de diversa consideración.

Debido a su avanzada edad, Alonso disponía de una serie de limitaciones a la hora de llevar a cabo la conducción, tales como no circular a más velocidad de 70 kilómetros por hora y ajustar los espejos retrovisores del turismo que condujera. El atestado del incidente revela que el acusado infringió estas normas, así como la de guardar el metro y medio que contempla la Dirección General de Tráfico a la hora de realizar el adelantamiento a uno o varios ciclistas.

La Fiscalía y las acusaciones particulares piden para el acusado Alonso 4 años de prisión por dos homicidios imprudentes y por un delito de lesiones por imprudencia grave, mientras que, por su parte, la defensa de Manuel Benito Alonso solicita la absolución de su cliente o, de manera subsidiria, que sea responsable de una imprudencia pero de carácter menos grave. Pide que se le aplique el atenuante de dilaciones indebidas.

Al finalizar la vista oral, el letrado del nonagenario, Carlos Borrás, aseveró que Manuel Benito había tenido un despiste que "no pudo haber tenido peor final, pero no queda acreditada la velocidad a la que circulaba, ya que esto solo se basa en la sensación de los ciclistas atropellados. No se puede prejuzgar la acción en función del resultado", apuntó el letrado.

Asimismo, Carlos Borrás justificó que su defendido no efectuara declaraciones dada su avanzada edad y porque se encuentra "muy afectado por lo sucedido".