Durante dos años, dos médicos de una clínica de estética de Ourense –el responsable sanitario del centro y un facultativo– no podrán cometer ningún delito para que se mantenga la suspensión acordada por la magistrada de su pena individual de 4 meses y 15 días de prisión –inicialmente, se enfrentaban a dos años de cárcel–, un castigo que ambos aceptaron tras reconocer la autoría de un delito continuado de falsedad en documento oficial, por la elaboración de una decena de recetas alteradas, entre los meses de febrero y diciembre del año 2017. Además, deberán pagar una multa de 810 euros, cada uno de ellos.

Se les aplica una atenuante muy cualificada de reparación del daño, puesto que ya han abonado las multas administrativas impuestas por haber falsificado recetas con la intención de prescribirse, uno al otro, o el propio jefe a sí mismo según la hoja, medicamentos clasificados como estupefacientes y de uso hospitalario, únicamente admitidos para tratamientos en un hospital o en un centro autorizado. En su clínica solo estaba permitida la cirugía menor ambulatoria con anestesia local.

Había una tercera persona acusada, una enfermera que tuvo que acudir al juicio ayer, pero contra la que la Fiscalía retiró la acusación. Sale absuelta. El ministerio público se mostró a favor de la suspensión de la pena, debido a que ninguno de los profesionales contaba con antecedentes.

Los acusados alteraron uno de los elementos fundamentales de una receta, como es la identidad de la persona destinataria, haciendo constar como pacientes a ellos mismos. El responsable de la clínica, médico estético, emitió un total de ocho recetas: cuatro a nombre del otro acusado, una a nombre de la enfermera, otra a nombre de una persona desconocida y dos a su propio nombre. El otro autor de la falsedad hizo dos a nombre del responsable del centro de medicina estética.

Para tener stock en la clínica

Como indica la Fiscalía en el escrito de calificación con el que los dos acusados se han mostrado conformes, los medicamentos que se recetaron están clasificados como estupefacientes y medicamentos de uso hospitalario, lo que implica que, debido a sus características farmacológicas o por motivos de salud pública, se reservan para tratamientos que solo pueden utilizarse o seguirse en un medio hospitalario, o bien en un centro asistencial que esté autorizado.

La clínica no contaba con dicho permiso, “una circunstancia conocida por los acusados que, pese a ello y con la finalidad de tener un stock para utilizar en el centro, los adquirieron mediante las recetas alteradas”.