No fue un accidente de tráfico al uso, sino un presunto crimen. En pocas ocasiones la Fiscalía califica una muerte en carretera como un homicidio doloso. El ministerio público considera que el suceso en el que falleció un joven motorista el 7 de septiembre de 2019, en la N-525 en Ourense, a la altura de Rabo de Galo, fue un homicidio con un dolo eventual, aunque también plantea la alternativa de conducción temeraria en concurso con delito vial e imprudencia grave, por si la Audiencia Provincial, donde se juzgarán los hechos, considera que ese es el mejor encaje delictivo. La Fiscalía solicita hasta 14 años de prisión para C. P. P., de 36, que presuntamente escapó tras arrollar al motorista. Tenía retirado el carné, había bebido y consumido drogas, e iba a 125 kilómetros por hora en un tramo limitado a 60, según afirma la acusación pública. La defensa, a la que ahora corresponde presentar su escrito, mantuvo en la fase de instrucción que quien conducía era el copiloto, al que el juez no llegó a imputar y al que tampoco acusa la fiscal. El ministerio público sí lo hace con una familiar del conductor, J. P. G., de 63 años, presunta encubridora, para la que solicita una condena de 21 meses de prisión. Se trata de la principal acusada entre los presuntos traficantes de la operación Zamburiña, que llevará a juicio en enero a cuatro policías y nueve supuestos distribuidores de droga.

Suma ya dos condenas viales

El encausado es reincidente. Acumula dos sentencias firmes por delitos contra la seguridad vial. En mayo de 2018, el juzgado Penal 2 de Ourense le impuso 60 días de trabajos comunitarios y 2 años sin carné, una retirada que no vencía hasta mayo de 2020. En septiembre de 2019, el mismo órgano lo condenó por conducir sin permiso a 22 días de trabajos. Esta sentencia firme recayó tres días después de los graves hechos por los que ahora se expone a una larga estancia en prisión.

Según el relato de los hechos que hace la fiscal en su escrito de calificación, que ya ha sido notificado a las partes, era él quien conducía a las 11.10 horas del 7 de septiembre de 2019 el Audi A-4 Avant que arrolló al motorista. Antes había ingerido presuntamente bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes "que mermaban sus capacidades físicas y psíquicas". Transitaba por el carril izquierdo del Puente Ribeiriño, procedente de la carretera nacional N-542. La acusación indica que hizo una maniobra antirreglamentaria de cambio de carril a la derecha y se vio sorprendido por un vehículo que circulaba a menor velocidad, lo que desencadenó una colisión por alcance con la motocicleta de la víctima, a la altura del kilómetro 234 de la nacional N-525, en tramo urbano.

La motocicleta quedó atrapada, por la llanta de su rueda trasera, contra el frontal del chasis del Audi, en un recorrido aproximado de 16 metros. La moto salió despedida hacia la izquierda e impacto después con la mediana de hormigón, continuando por la inercia una trayectoria de arrastre de 42 metros, hasta su posición final.

No llegó a frenar

La fiscal subraya que el acusado "no llegó nunca a accionar el sistema de frenado", por lo que durante los 16 primeros metros de arrastre y "como consecuencia de que el turismo va acelerando", el motorista quedó atrapado en los bajos del Audi, unos 50 metros de distancia. Tras esa distancia, la víctima salió despedida a la altura de la rueda posterior del lado derecho del coche, que sobrepasó el cuerpo del conductor de la motocicleta. El desplazamiento continuó hasta una distancia de 74 metros, desde la colisión hasta la posición final. El motorista falleció. Tenía 37 años y convivía con sus padres y su hermano en Lisboa.

Presuntamente, el acusado no se detuvo y siguió conduciendo para abandonar el lugar, sin auxiliar a la víctima pese a que el copiloto le dijo que parase. La fiscal cree que no lo hizo "al ser consciente de que no podía circular, al haber sido privado del permiso de conducir" hasta mayo de 2020, ocho meses más tarde de cuando ocurrió el suceso. Siguió un kilómetro y medio más, hasta la calle Couto Berredo, donde abandonó el vehículo porque había perdido todo el aceite y los desperfectos impedían que continuara la marcha.

El intento de coartada

Según la Fiscalía, sobre las 11.40 horas, el acusado fue al domicilio de su padre, se cambió de ropa y condujo en otro vehículo hasta un local de Santa Cruz de Arrabaldo en el que trabajaba la acusada J. P. G. Abandonaron juntos el local sobre las 12.30 horas. Presuntamente, siendo conocedora de los hechos, "con el propósito de ayudar al acusado al objeto de que este pudiera eludir la investigación iniciada y servir de cortada al mismo" -subraya el ministerio público-, la mujer prestó declaración el 9 de septiembre de 2019 en la comisaría de Ourense y afirmó que, el día de los hechos a la hora del siniestro, ella y el acusado se marcharon a su casa de Barbantes, donde según su versión estuvieron hasta las 18.00 horas.

Dos son las alternativas que plantea la fiscal. De entrada, califica los hechos como un homicidio doloso -pide 12 años de prisión- más un delito de conducción sin carné, en concurso ideal con conducción temeraria y contra la seguridad vial (solicita 2 años de cárcel y 6 de privación del permiso de conducir, que implicaría la pérdida de vigencia). Si no prospera esta tesis, la Fiscalía propone un delito de omisión de deber de socorro por el que pide 2 años de cárcel, y 4 por el junto de infracciones viales sumadas a un delito de homicidio por imprudencia grave.