"La causa mayor de las revoluciones es que mientras la naciones avanzan al trote, las constituciones van a pie" (Thomas Macaulay, escritor, filósofo, y político inglés, siglo XIX).

Tanto incienso vertido con motivo del cuarenta aniversario de la promulgación de la Constitución de 1978, y a sus demiurgos, que no me ha quedado más remedio que reflexionar sobre la misma. Y no encuentro mejor título a este texto que el principio político expuesto a James Madison, cuarto presidente y considerado Padre de la Constitución de USA, por Thomas Jefferson, tercer presidente y autor de la Declaración de Independencia de esa república. Mediante este principio su autor cuestiona la legitimidad de las decisiones de una generación que obligan a las siguientes. Concluía que cada diecinueve años las leyes deberían ser aprobadas nuevamente por la generación de ese momento. Al texto original se incorporarían XXVII enmiendas, hasta ahora, al mismo durante toda la historia constitucional de USA.

Existe en nuestro país ya una generación madura, a la que ya hemos políticamente hipotecada. Su realidad dista mucho de aquella situación atribulada que nuestra generación tuvo que afrontar. Condición que aún pervive en el texto constitucional redactado. Una redacción tan compleja como más contradictoria. Y la más grande contradicción que encuentro es ya en los primeros artículos de la misma. Es la cuestión de la soberanía. ¿Soberanía nacional o soberanía popular? ¿Pertenece a la nación o al pueblo? "La soberanía nacional reside en el pueblo español". Entiendo que se trata de una figura retórica para justificar el contenido del siguiente artículo, cuando afirma que "la nación española es indivisible". Entonces, ¿la soberanía pertenece a dos sujetos distintos? Esta dicotomía hay que analizarla dentro del contexto vivido en 1978. Un examen "no sectario y sin odio ni rencor". La redacción del art. 2 de la CE procede indiciariamente del Ejército. En lo que concierne al instituto armado, la Constitución, de la que se considera su guardián, se fundamenta en la unidad de la patria, y no en la soberanía popular, cuna de toda democracia. Nos encontramos ante una Constitución sub tutela militare.

Cabe recordar que con motivo de las primeras elecciones democráticas, el Consejo Superior del Ejército permaneció reunido, y la División Acorazada Brunete estuvo acuartelada y reunida, a la espera del resultado electoral, y suspiraron de alivio, por el triunfo del partido del gobierno. El electorado aún doliente de la guerra y la dictadura se decidió por aquel poder constituido y tutelado. Tanto fue así, que para que el PCE fuese legalizado, entre otras muchas concesiones, tuvo que reconocer públicamente "la honorabilidad del Ejército". Seamos generosos, y cancelemos la hipoteca gravada a la generación que nos procedió. Que forje su propio presente y su futuro. Que rescaten para sí, sin pretéritas ataduras, la soberanía popular. Lejos queda ya el "hic rhodus" del que hablaba el catedrático emérito de Filosofía del Derecho, Juan-Ramón Capella ("Las sombras del sistema constitucional español", Ed. Trotta, 2003).