No es de hoy, sino de hace años, la idea de revisar la demarcación judicial, es decir, el diseño territorial que ha de servir a la prestación del servicio de la Administración de Justicia. Sin ánimo de ser exhaustivo, recordemos que en el año 1997 el llamado Libro Blanco de la Justicia – que sigue blanco de lo muy poco que se ha escrito en sus páginas–, aun con una visión conservadora de la situación, abogaba por algunas rectificaciones en la demarcación judicial. En marzo de 2012, se creó una Comisión en el Ministerio de Justicia uno de cuyos objetivos era abordar una Ley de nueva Demarcación y Planta Judicial. Dos meses después el CGPJ aprobaba una Propuesta de Bases para una nueva planta judicial. En octubre de 2014, los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia reivindicaban una reforma integral de la Administración de Justicia como “factor clave para la regeneración de la democracia y del sistema de convivencia, afectado por la desconfianza hacia las instituciones”. Esa reforma, señalaban, debe basarse en una nueva planta y demarcación judicial “más racional y eficiente”. Hasta aquí, una muestra breve del interés que el tema suscita.

El Ministerio de Justicia, que al parecer instaurará la figura de los tribunales de instancia, descarta abordar la modificación de la Ley de Demarcación y Planta. De esta actitud he de colegir que aquel desiste de llevar a cabo, o poner en marcha al menos, una reforma en profundidad – que no mera restauración– de la Administración de Justicia. Es razonable entender que esa tarea ha de empezar por el suelo sobre el que, antes de hincar los cimientos de la obra nueva, se haya hecho un replanteo. Sorprende que ahora no se someta a debate la actual configuración territorial y meramente se asuma por inercia un mapa heredado cuya revisión se viene reclamando desde hace décadas. No se cuestiona, por lo que se ve, si los criterios hasta ahora vigentes son aptos para los tribunales de nuevo cuño que se anuncian (tribunales de instancia).

Esa renuncia a una reconsideración de la demarcación judicial es un claro aviso de que el Ministerio, lejos de afrontar una reestructuración de calado, persistirá en la vieja política de reformas parciales, de injertos en tronco añejo. Sin duda, una reformación integral es muy trabajosa y ha de proyectarse a largo plazo, por lo que no da tiempo a exhibir frutos cercanos y tangibles, que es a lo que aspiran los políticos de vuelo corto cuando les hacen ministros.

Diríase que no hay imaginación o capacidad para acometer una tarea ciertamente compleja. O tal vez ocurra –no lo descarto– que lo que falta es fortaleza o motivación para emprender una reforma que no se ve factible en el marco de acción de un gobierno bicéfalo, de egos en pugna. Es posible que semejante atmósfera desanime y frene iniciativas.

En cualquier caso, en mi opinión, la magnitud y perdurabilidad de una reforma en Justicia requiere de una actualización del diseño territorial, porque nueva es la sociedad a la que aquella debe servir. No en vano así se planteó en ocasiones anteriores. La vida y la sociedad han cambiado y, sin embargo, no ha ocurrido lo mismo con la forma de prestar los servicios de la justicia. No podemos desconocer que la realidad sociológica ha mudado de forma extraordinaria y que la España de hoy ya no es aquella para la que se confeccionó la demarcación judicial del territorio. Es preciso diseñar un nuevo mapa judicial que responda a las demandas del siglo XXI y se acomode a un nuevo contexto demográfico, económico, de comunicaciones, etc., como ha ocurrido en otras áreas de la Administración. El mapa judicial debiera ser actualizado para adaptarlo a las condiciones actuales. ¿Debemos mantener la vetusta célula territorial de los partidos judiciales? ¿Deben subsistir las Audiencias Provinciales –tribunales de apelación– tal como ahora se conocen y con la ubicación única hasta ahora mantenida? ¿Se pueden seguir acometiendo reformas en los sistemas procesales y en la organización de los tribunales sin decidir previamente cuál ha de ser su número, distribución, ubicación y ámbito de competencia territorial? ¿Es razonable que la capitalidad de las provincias siga siendo, per se, criterio determinante para una vis atractiva de asentamiento prioritario de tribunales sin correspondencia con las necesidades reales? Recuérdese aquel magno disparate de un Gallardón (¡pero qué ministro tan nefasto fue este hombre!) que proyectaba establecer en cada capital de provincia un único macrotribunal de instancia. Y lamentable fue algún paupérrimo proyecto de nueva demarcación improvisado con inmodesta audacia hace unos años en el seno del Consejo General del Poder Judicial.

En suma, el Ministerio de Justicia, abdicando de una reforma cabal de la Justicia, sigue por la senda continuista de reformas fragmentarias. O sea, la historia interminable.