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Absentismo escolar en tiempos de Covid

La Xunta de Galicia acordó el viernes pasado retrasar el inicio del curso escolar en Educación Secundaria, Bachillerato y FP, atendiendo de este modo a la solicitud de diversos centros que habían denunciado las incertezas existentes para hacer frente a la situación de crisis sanitaria. La misma incertidumbre ha asolado a diversas familias ante el comienzo del curso, llevando incluso a muchos padres a plantearse la no asistencia de sus hijos al centro escolar. Pronto surgieron voces advirtiendo a estos padres insumisos de las consecuencias, incluidas las penales, que podrían derivarse de esta decisión. El propio Ministerio Fiscal, a través de su Unidad Especializada de Menores, se ha visto obligado a posicionarse al respecto, señalando que habrá que atender a cada caso concreto, "tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del Covid-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar". Me parece importante subrayar la referencia que se hace a los riesgos sanitarios que puedan existir en el ámbito familiar, pues la Fiscalía hace gala de una sensibilidad y prudencia encomiables. Y es que hay que recordar que en esta pandemia son muchas las familias que están viviendo situaciones delicadas, tanto a nivel económico como social, pero también desde el punto de vista de la salud, pues a las circunstancias tan excepcionales que nos ha tocado vivir a todos en general, hay que sumar las que determinadas familias ya tenían que afrontar cada día con anterioridad.

Por mi trabajo he tenido conocimiento de historias diversas, de distintas familias, y todas ellas tienen un denominador común: a la incertidumbre intrínseca a la situación actual se añade la dimanante de sus circunstancias personales. Esta realidad existe y demanda respuestas por parte de las instituciones que no pueden ser las que existían antes de la pandemia. En concreto, las que ofrece el ordenamiento jurídico deben observarse desde un prisma adecuado a la realidad social actual. Y esta idea es la que, en mi opinión, subyace en las afirmaciones que hace el Ministerio Fiscal en la nota publicada y en la que concluye que "sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito".

De esta declaración parece que puede colegirse la existencia de causas que justificarían la no asistencia al centro escolar, sin que esto se traduzca necesariamente en el incumplimiento de las obligaciones que tenemos todos los progenitores de garantizar a nuestros hijos una formación integral. Por tanto, estas exenciones no pueden amparar el denominado absentismo escolar, ni muchísimo menos; este problema, que siempre ha existido en nuestra sociedad, debe combatirse enérgicamente, sobre esto no hay duda, pero no pueden recibir el mismo tratamiento aquellos supuestos en que no hay un abandono de las obligaciones paternofiliales sino otras circunstancias que requieren respuestas más imaginativas, dignas de la denominada sociedad de la información, que sean capaces de conciliar el derecho a la educación, como derecho fundamental que es, y el derecho a la vida de las personas más vulnerables.

*Abogada

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