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Los convenios urbanísticos de Massó y Aldán caducaron en octubre de 2020

Un informe de 2019, de los anteriores asesores jurídicos, considera que el Concello debe devolver 1.5 millones de euros en el primer caso y en, el segundo, solo si el PXOM no recoge lo acordado

Cartel publicitario de las viviendas que pretendía construir Promalar en Aldán | // GONZALO NÚÑEZ

En el año 2019, el bufete de abogados, Roibás Vázquez que llevaba los casos del Concello de Cangas, elaboró un completo informe sobre la situación de los convenios urbanísticos firmados por el ayuntamiento con Conservas y Frigoríficos Morrazo y respecto a la situación procesal de la reclamación realizada por Promalar en relación al convenio suscrito con el Concello de Cangas, también en el año 2004.

Llama la atención el hecho de que el informe sobre el convenio urbanístico de Massó se haga hincapié en que el plazo de vigencia del convenio urbanístico finalizó el día 2 de octubre de 2020. A partir de ese día, el convenio decae y deja de producir efectos. Es algo que no se había hecho público en todos estos años. Las consecuencias de la conclusión del convenio son varias. Desde el punto de vista urbanístico, el Concello de Cangas tiene plena libertad para incorporar o no las determinaciones contenidas en el citado convenio, pues el libre para realizar la ordenación urbanística que considere conveniente con respecto, en todo caso, a las normas imperativas de rango superior que resulten de aplicación, siempre según el citado informe. Dese el punto de vista económico, el informe señala que el Concello de Cangas debería proceder a la devolución de las cantidades que hubiera recibido del convenio ya caducado, pues tales aportaciones carecerían de causa e implicarían un supuesto de enriquecimiento sin causa. Conservas y Frigoríficos Morrazo, firmante del convenio, aunque después fue Marina Atlántica quien compró los terrenos, firmó con el Concello las aportaciones monetarias que tendría que realizar la empresa. Primero 1.500.000 euros mediante la entrega e un aval bancario previa a la firma del convenio, que se podía hacer efecto después de la aprobación inicial del Plan Xeral, 1 millón de eunos en ellazo máximo de 15 días siguientes a la entrada en vigor del Plan Xeral y otro millón de euros una vez que tenga lugar la aprobación definitiva del proyecto de compensación. Además, y para garantizar el equipamiento museístico previsto en el convenio, se establecer una aportación por parte de la entidad Conservas y Frigoríficos de 600.000 euros a abonar en los 30 días siguiente a la aprobación definitiva del proyecto de equidistribución.

Mantiene el informe del bufete de abogados Roibás Vázquez que “se nos ha informado verbalmente desde el Concello de Cangas que, en cumplimiento de este convenio se ingresó en las arcas municipales la cantidad de 1.500 euros, si bien no consta ni la realidad de este pago ni quien o en qué momento lo realizaron. También se establece que si en el Plan Xera que se apruebe no figuran las determinaciones contempladas en el convenio, la devolución del dinero se haría en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Plan Xeral. Ahora mismo, en julio de 2021, todavía no hay un Plan Xeral aprobado y también se está sin concejal de Urbanismo. Si que es cierto que en 2017, con Mariano Abalo como edil de Urbanismo, se preparó un nuevo convenio entre Concello y Marina Atlántica, pero ahora mismo todos los terrenos afectados son ya propiedad de Abanca.

El Concello se niega a devolver los 2 millones anticipados por Promalar

Por lo que corresponde a la situación procesal de la reclamación realizada por Promalar al Concello de Cangas por el convenio urbanístico de Aldán, sabemos que no hace mucho tiempo el Concello de Cangas se vio obligado a pagar 800.000 euros a la empresa, pero se estaba pendiente del proceso concursal en el que estaba involucrado la empresa para determinar las peticiones de esta empresa al Concello. Hay un proceso abierto en el Juzgado de lo Contencioso Número 3 de Pontevedra. Promalar actúa contra la resolución de la Alcaldía de 19 de octubre de 2018 por la que se inadmite la pretensión formulada por la empresa el día 12 de marzo de 2018 de resolución del convenio urbanístico suscrito en 2004 y la devolución de las cantidades entregadas (2 millones de euros) más los intereses legales correspondientes. Promalar, en su recurso, pretende la resolución del convenio urbanístico. Esta pretensión se fundamenta por la entidad recurrente en que, por una parte, han transcurrido más de 14 años desde la aprobación del convenio urbanístico sin que se haya arobado el Plan Xeral y, por otra, que resulta imposible da cumplimiento, por parte del Concello, a lo acordado en el citado convenio, toda vez que el contenido del mismo no se ajusta a la legalidad vigente. El bufete de abogados entiende en este caso que los 2 millones de euros solo habrá que devolverlas si en el lan Xeral que finalmente se apruebe no se incorporan las determinaciones contempladas en el referido convenio. También señalan los abogados que fueron del Concello de Cangas que “hemos partido del hecho de que el citado convenio no contempla plazo alguno para su desarrollo, por lo que estamos ante un convenio plenamente vigente y susceptible de ser llevado a ejecución". Pero debido a la nueva ley el plazo de vigencia de los convenios como el presente será de cuatro años a partir de la entrada en vigor de la misma, por lo que lo mismo que sucede con el de Massó, la vigencia del convenio finalizaría el 2 de octubre de 2020. Los abogados sostienen en su informe que la pretensión de Promalar S.L. en liquidación de resolver el convenio y solicitar el reintegro de 2 millones de euros carece de fundamento y debería implicar una desestimación, todo ello sometido al criterio del juzgado.

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