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Los chiringuitos en las playas de Cangas podrán abrir hasta las doce de la noche

-Los permisos se pueden para solicitar en el Concello hasta el 2 de marzo -En el caso de terrazas en zona de Costas, el plazo acaba el 28 de febrero

Los chiringuitos en las playas de Cangas podrán abrir hasta las doce de la noche

El Concello de Cangas permitirá este verano, como ya lo hizo de forma extraordinaria en julio el año pasado, que los quioscos de playa puedan abrir hasta las 23.00 horas durante los días de semana y hasta las 00.00 (doce de la noche) los fines de semana, en lugar de cerrar a las diez de la noche, como se hacía hasta el año pasado. La tendencia en los últimos tiempos es que la gente prolongue el disfrute de la playa hasta la medianoche haciendo uso de los chiringuitos en los arenales lo que permite ambién una fuente mayor de recursos para la hostelería.

Ayer mismo, el Concello ya publicó los bandos para que las personas interesadas soliciten las autorizaciones de instalación de quioscos en playas, en terreno privado en servidumbre, (competencia de la Consellería de Medio Ambiente), en terreno fuera de la competencia del dominio público marítio (a partir de los 200 metros desde la línea del mar) y de terrazas en la zona de dominio público marítimo-terrestre. El plazo de presentación de solicitudes de autorización concluye para esta última de terrazas el 28 de febrero, mientras que para los quioscos, tanto en playa como en terreno privado de servidumbre de Costas como en terreno privado de competencia municipal, acaba el 2 de marzo.

Como novedad este año, en el bando de solicitudes de quiscos de verano en playas se incluyen las escuelas de surf, bodyboard,longboard y paddle surf que deben de presentar certificado de adhesión de la escuela a la Federación Española o Galega de Surf, documentación acreditativa de titulación del profesorado, disponer de seguro de responsabilidad civil frente a terceros así como seguro de accidentes y en el caso de actividades no lucrativas tener estatutos de la entidad y certificado de la Federación Española o Galega de Surf de que la entidad está debidamente inscrita y que ejerce exclusivamente la actividad náutico-deportiva.

En la solicitud para los quioscos de playa hay que presentar fotocopia del DNI, propuesta de zona a ocupar, plano de ubicación en cartografía oficial, memoria descriptiva y gráfica de las instalaciones desmontables, fotografías del prado, justificación documental de la retirada del quiosco en la temporada anterior, en su caso; y depósito de fianza. Los quioscos se pueden instalar desde el 15 de mayo al 30 de septiembre y una vez finalizada la actividad, la instalación debe ser desmontada en 15 días. Como en años anteriores, todas las conducciones de servicio deben ir subterráneas y conectadas a la red de saneamiento.

En el caso de los quiosco en zona de servidumbre requiere también presentar certificación expedida por el Concello con la clasificación del suelo, plano del deslinde definitivo o provisional del dominio público y salvo el rótulo del establecimiento, están prohibidos los carteles publicitarios.

La instalación de quioscos en terrenos privados fuera del dominio marítimo tiene una tasa de concesión de 174,33 euros. En cuanto a las terrazas en dominio de Costas, la autorización puede ser por cuatro años liquidándose el canon de ocupación de forma anual.

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