El Ministerio de Agricultura y Pesca publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) diferentes órdenes y resoluciones relativas a la captura de la sardina ibérica, la caballa (o xarda), moluscos e invertebrados marinos, y sobre las exenciones a la obligación de desembarque -en vigor para la flota desde el 1 de enero-.

La campaña de sardina se fijó para comenzar el 1 de mayo y finalizar el 31 de octubre (ambos inclusive) para las zonas VIIIc -del golfo de Vizcaya a Fisterra- y IXa -desde Fisterra hasta el golfo de Cádiz-. La flota del cerco del Cantábrico Noroeste y del golfo de Cádiz y las flotas menores que usen artes dirigidas para la sardina son las que podrán capturar la especie. Hasta el 31 de agosto la flota española dispone de 2.532 toneladas, y a partir de esa fecha y de los resultados de las campañas científicas se fijará la cantidad para el segundo periodo, que contará, como mínimo, con 1.085 toneladas para España.

Mientras, la Orden APA/524/2019 especifica las nuevas listas de zonas de producción de moluscos y otros invertebrados marinos en el litoral español, que se reparten por aguas de Andalucía, Asturias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Islas Baleares, Murcia y País Vasco.