El TSXG permite que una comunidad de vecinos de Vigo denuncie judicialmente los ruidos de la Navidad
El Alto Tribunal ha confirmado que estos propietarios sí están legitimados para demandar al Concello por "inacción", en contra de un auto anterior que no admitió a trámite la demanda
![Vista de la noria en las Navidades de 2022.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/fded13c8-bb87-40e9-b975-34041fce4aff_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Vista de la noria en las Navidades de 2022. / Ricardo Grobas
R. V.
La Sala de lo Contencioso-Admimistrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso interpuesto por una comunidad de vecinos de Vigo contra un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de la ciudad olívica que no admitió a trámite una demanda por el ruido provocado por la Navidad al ver "falta de legitimación activa" de dicha comunidad.
Ahora, el TSXG ha confirmado que estos propietarios sí están legitimados para demandar judicialmente al Concello por no actuar contra el ruido que generan las fiestas en el centro urbano.
El objetivo de la demanda era denunciar la "inactividad" del Gobierno local de la urbe olívica, consistente en no haber adoptado las medidas necesarias para mitigar el ruido provocado durante las fiestas de Navidad por las atracciones y el mercado navideño o subsidiariamente ordenar la suspensión de las actividades que estaban alterando la vida de los vecinos afectados.
Negativa en primera instancia
El auto del juzgado vigués no admitió a trámite esta demanda debido a que consideraba que el derecho a la integridad física y moral y el derecho a la inviolabilidad del domicilio son derechos fundamentales y vinculados a la propia personalidad, por lo que "no cabe invocarlos por la Comunidad de propietarios". La jueza señalaba en su resolución que el servicio municipal de Comercio contrató a una empresa para hacer mediciones de ruidos, y que adoptó medidas para evitar que se excedieran los límites acústicos. Así, se suprimió la megafonía en ciertos horarios, se redujo el volumen de la música, se trasladaron las atracciones más ruidosas a otras zonas con menos viviendas, etc. Concluía este auto, por tanto, que el Ayuntamiento sí tuvo "una actuación diligente" y, por otra parte, la demandante no pudo acreditar una exposición prolongada en el tiempo a esos ruidos.
Sin embargo, ahora el TSXG considera que la demanda se refería a la inacción del Concello, por lo que sí es legítima esta denuncia.
En su resolución, los jueces del Alto Tribunal explican que a pesar de que puede existir en la demanda una referencia a los derechos fundamentales "no por ello convierte dicho procedimiento en un recurso contencioso-administrativo por vulneración de derechos fundamentales".
El caso de una vecina
Pese a ello, también existe otro caso que sí se centra en la vulneración de derechos fundamentales. También el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo dictó sentencia a finales de junio de 2023 desestimando la demanda de una vecina por vulneración de derechos fundamentales debido a los perjuicios derivados de las actividades, música y atracciones instaladas en el centro de Vigo en el marco de la Navidad promovida por el Ayuntamiento.
Pese a ello, la sentencia fue recurrida y ahora cabe esperar a que el TSXG se pronuncie al respecto, aunque Fiscalía se ha adherido a este recurso de apelación contra el auto de primera instancia, pidiendo que se revoque la sentencia, al considerar que, efectivamente, se vulneraron los derechos fundamentales de los vecinos, y las medidas adoptadas por el Concello para minorar esas molestias no fueron eficaces.
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