Nuevo revés judicial a O Porriño por su deuda del agua con Vigo: debe asumirla

El Concello olívico la eleva a unos 6 millones de euros

La jueza rechaza la revisión del acuerdo que fijó la cifra exigible a la localidad vecina por usar el canal y la presa de Eiras

Embalse de Eiras, que abastece a casi una decena de municipios de la provincia. |   // ALBA VILLAR

Embalse de Eiras, que abastece a casi una decena de municipios de la provincia. | // ALBA VILLAR / Alba Villar

El Concello de O Porriño debe asumir la deuda que tiene con Vigo a raíz de las inversiones realizadas entre 1991 y 1993 en infraestructuras hidráulicas –reposición del canal preexistente, que se hallaba en precarias condiciones de conservación, para garantizar el suministro de agua a los dos municipios–, así como por el mantenimiento y la vigilancia de la presa de Eiras. La cifra: aproximadamente, 6 millones de euros, según el Ayuntamiento olívico. Así lo determina una nueva sentencia –contra la que cabe recurso– emitida recientemente por el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Vigo. “Se les ofrece, como ya se hizo en el pasado, poder fraccionar el pago”, avanzan fuentes de la Praza do Rei.

El fallo, con imposición de costas, establece la adecuación a derecho del acuerdo plenario del 28 de diciembre de 2022 de inadmisión a trámite de una solicitud de revisión de oficio de otro acuerdo plenario precedente, conseguido el 27 de enero de 1998, “firme y consentido”, por “falta de fundamento”. “Este acuerdo se notificó al Concello de O Porriño el 27 de febrero de 1998, sin que lo impugnara”, según figura en el documento judicial. En este pacto, se determinó la cantidad exigible por parte del Ayuntamiento de Vigo al Ayuntamiento de O Porriño por la utilización conjunta del canal y la presa de Eiras dada la responsabilidad de ambos ayuntamientos en la asunción de costes en proporción a su participación en los gastos derivados de estas infraestructuras hidráulicas.

La sentencia indica que la entidad olívica “siguió el procedimiento legalmente establecido al inadmitir la solicitud de revisión de oficio presentada en 2015 respecto de un acuerdo plenario de 1998, notificado en tiempo y forma a la administración demandada”, y, “por tanto, firme y consentido, al que dio cumplimento realizando ocho pagos y reconociendo expresamente su deuda en 2009”. “Diversas sentencias en primera y segunda instancia, nunca recurridas en casación por la [parte] demandante, validaron las liquidaciones bimensuales –para recuperar la deuda– que ha de satisfacer el Concello de O Porriño por la utilización de la presa de Eiras al existir una corresponsabilidad entre ambas partes en la asunción de los costes en proporción a su participación en el origen de los gastos”, cita la jueza.

El escrito señala que “ha quedado acreditado suficientemente que, habiendo sido el Concello de Vigo el que construyó el investimento de reposición de un viejo canal necesario e imprescindible para garantizar el suministro de agua al Ayuntamiento de O Porriño y que la propia administración demandada admite con fuente de captación a su municipio el agua que proviene de la presa de Eiras”, el ente demandante es “reacio a pagar a pesar de hacer uso de la infraestructura sin la cual no podría llevar agua a su municipio”. “Usa un procedimiento excepcional y de aplicación restrictiva 17 años después de haber recaído acuerdo plenario que fue firme y consentido y una vez que todas las sentencias recaídas frente a las liquidaciones bimestrales le han sido desfavorables”, argumenta el juzgado de la ciudad olívica.

La jueza apunta que el Concello de O Porriño “tuvo oportunidad de discutir” el contenido del acuerdo plenario de 1998 “y no lo hizo” a diferencia de otros que “sí lo hicieron”, como Cangas o Nigrán. Añade que, “con carácter previo a la adopción del acuerdo, se llevaron a cabo reuniones con los concellos afectados, entre ellos, el de O Porriño, sin que opusiera objeción, y el acuerdo fue debidamente notificado”. “En 2009, no negó la deuda y pagó una factura –de 27.457,68 euros–; en el 2012, pagó siete facturas por importe total de 139.391,47 euros. A partir de 2013, el Concello de O Porriño comenzó a recurrir ante la jurisdicción contenciosa administrativa las liquidaciones bimensuales, sin ingreso de las cantidades liquidadas”, recoge el fallo.

La sentencia también anota que O Porriño “sigue teniendo la disponibilidad de agua en su municipio al servirse de modo compartido con Vigo de una determinada infraestructura para que sea posible llevar agua a su población y, aun así, acumula deuda”. “Las sentencias firmes recaídas en distintos recursos hasta la actualidad han resultado desestimatorias de las pretensiones del Concello de O Porriño y declarativas de la adecuación a derecho de las liquidaciones bimensuales giradas al de Vigo”, abunda.

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