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Abogados de Vigo ya piden revisar sentencias de abusos sexuales por la nueva ley

La Audiencia prevé revisar de oficio sus fallos, y los Penales en caso de avalancha, incluso las conformidades | La norma del “solo sí es sí” reduce la pena máxima de varios delitos

Uno de los últimos juicios celebrados en la Audiencia contra un hombre acusado de abusos a menores. |

Dos principios básicos tanto de la Constitución como del Código Penal es la aplicación retroactiva de aquellas leyes penales que favorezcan a los condenados, incluso cuando se trate de una sentencia firme, en ejecución o mismo cumpliendo ya condena. Y es aquí donde entra la nueva Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, más conocida como la ley del “solo sí es sí”. Su aplicación es válida desde este pasado mes de octubre y entre sus principales cambios imperan, por un lado, que todo acto sexual sin consentimiento será considerado como “agresión sexual” –eliminando el delito de “abuso sexual”– y por otro, la reducción del límite máximo de algunas penas. Por ejemplo, la nueva pena mínima establecido para el delito de agresión sexual con penetración a un menor de edad es ahora de 6 años, frente a los 8 con los que se castigaba como mínimo al abuso sexual a menores.

Revisión de fallos y calificaciones

Esta apertura en la horquilla de los delitos y cambios en las penas motivó que varios abogados de Vigo presentasen ya recursos para la revisión de varias condenas por abusos. “En mi caso he presentado ya dos por casos juzgados e instruidos en Vigo, por un lado la revisión de una sentencia en base a esta Ley 10/2022 y en otro caso, hemos pedido también un cambio de calificación. Aquí todavía no se ha celebrado el juicio pero solicitamos cambiar la calificación del delito por el que se le acusa y las penas”, explica el abogado Alejandro Vega.

Reducción de penas

El también letrado penalista Guillermo Presa presentó recurso ante la Audiencia Provincial en un procedimiento de abusos sexuales. “Mi cliente fue condenado a seis años y pedimos la revisión para su reducción a cuatro”, sostiene Presa.

Casos ya sentenciados

Todavía son muchos los abogados que se encuentran estudiando sus casos para ver cuáles serían susceptibles de verse favorecidos los reos en base a esta nueva ley. Es el caso del mediático hostelero acusado de abusos a menores, Carlos Viéitez, ya en prisión para el cumplimiento de doce años de cárcel. “Lo valoraremos, pero de momento estamos centrados en la liquidación de condena”, explican letradas.

Otro ejemplo parecido es el de Segundo Cousido, el salesiano condenado a 32 años por abusos a menores. “De momento hemos presentado un recurso de amparo. Por lo que hemos visto de la nueva ley, no supondría ningún beneficio para él”, apunta su letrada.

Audiencia y Penales

Los juzgados penales de Vigo también son conscientes de la repercusión que puede tener la aplicación de esta nueva normativa en los fallos emitidos, pendientes e incluso en los que están ya en fase de ejecución. “Aunque se hubiese tratado de una conformidad, la defensa puede plantear un recurso aplicando el efecto retroactivo de la ley penal, y yo tengo que aceptarlo. Habitualmente si se está en fase de ejecución no se suele plantear, pero es posible, sí”, argumenta una de las magistradas de un Juzgado de lo Penal de Vigo. Explica también la jueza, que al igual que ocurrió con la reforma penal de 2015, revisarían de oficio las sentencias emitidas en caso “de que se produjera una gran entrada de revisiones”.

En el caso de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, su presidente prevé una posible revisión de los fallos para el mes de diciembre, al estar más liberados sin juicios señalados.

Claves de la Ley 10/2022

Desaparece el delito de “abuso sexual”

  • El abuso sexual desaparece como tipo penal. Esto no quiere decir que se despenalice, sino que se equipara abuso con agresión.

Nuevas agravantes: químicos o grupales

  • La nueva ley contempla varios agravantes en la agresión sexual: la sumisión química, la violencia sexual en la pareja o si esta es múltiple.

Coacciones referidas a las redes sociales

  • Los que utilicen la imagen de una persona para abrir perfiles falsos en redes serán castigados con penas de 3 meses a un año o una multa.

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