Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

El TSXG rebaja la pena por la violación de una joven de Cambre al aplicar la ley del "sí es sí"

Es una de varias reducciones producidas tras la entrada en vigor de la nueva legislación de Libertad Sexual | Igualdad responsabiliza a los jueces por su interpretación “reaccionaria”

Una mujer asustada

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rebajado a seis años y medio –sobre una condena inicial de ocho años y medio– la pena de prisión a un hombre que violó a otra mujer a la que conoció a través de la aplicación Tinder al aplicar la nueva ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como Ley del “sólo sí es sí”.

Una sentencia de la sala de lo civil y de lo penal del pasado 8 de noviembre y difundida ayer por el TSXG rectifica la condena a 8 años y medio de cárcel a un hombre que violó a una mujer a la que había conocido previamente a través de la aplicación Tinder, hechos que ocurrieron en agosto de 2020 en el municipio coruñés de Cambre.

Se trata de uno entre varios casos de rebaja de condenas, en aplicación de la nueva ley, y que ayer difundieron varios medios de comunicación, entre ellos “El Periódico de España”, del mismo grupo editorial que FARO.

En cuanto a la sentencia difundida ayer por el TSXG, la sala de lo civil y de lo penal considera que los hechos ocurrieron tal y como había relatado la Audiencia, pero aclaran que, al aplicar la nueva legislación, deben rebajar en dos años la pena original. El acusado, de 18 años de edad, concertó una cita con la víctima, de 20, en el lugar de O Temple. “Tras estar en dos locales, decidieron dar un paseo hasta llegar a un puente peatonal de madera”, detalla la sentencia. Según el Alto Tribunal gallego, ya había oscurecido y la zona estaba “poco iluminada y solitaria”. Empezaron “a besarse y a realizarse tocamientos hasta que el condenado le propuso mantener relaciones sexuales, a lo que la mujer se negó porque carecían de preservativo”.

Sin embargo, señala que la “violó haciendo caso omiso de las peticiones de que parase, llegando a decirle que callase”. “La víctima, no siendo capaz de quitarlo de encima, no hizo nada, entrando en estado de shock”, destaca el fallo. Considera que el sospechoso, “consciente de que no contaba con el consentimiento de ella”, empezó a grabar con su teléfono móvil, “sin que conste que difundiese a terceras personas” las imágenes.

La Audiencia valoró que la declaración de la joven es “prueba de cargo hábil para enervar el principio de presunción de inocencia frente a la versión exculpatoria” del acusado. Al respecto, subrayó que el varón argumentó que la “relación sexual que mantuvieron fue voluntaria”. La condena se refiere a un delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación, pero también se le condena por uno contra la intimidad.

La entrada en vigor de la Ley del “sólo sí es sí” obligó a la Audiencia Provincial de Madrid a rebajar en más de 5 años la pena de cárcel impuesta a un abusador múltiple de menores el mismo día de su entrada en vigor, el 7 de octubre. De 6 años y 9 meses pasa a tener que cumplir solo un 1 año y 3 meses.

Así consta en el auto de la Audiencia Provincial de Madrid al que ha tenido acceso “El Periódico de España”, y que evidencia lo que ya advirtió el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en su informe preceptivo sobre el anteproyecto de norma impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero, en el sentido de que la reforma comportaría revisiones a la baja de condenas. Tras un mes de aplicación de la norma comienzan a conocerse sus consecuencias, que en muchos casos favorecen a los violadores.

Ayer “El Mundo” informaba de un caso similar, en esta ocasión una reducción de la condena que a un acusado de abusar sexualmente de su hijastra de 14 años. La Audiencia de Madrid rebaja su condena desde los 8 a los 6 años de prisión porque se había optado expresamente por imponer la pena “mínima”, por lo que al rebajarse ese mínimo debía ajustarse a la baja condena.

Además del CGPJ, varios letrados advirtieron en su momento que se producirían estas consecuencias. Ayer, el prestigioso abogado penalista José María de Pablo atribuyó el desaguisado a la falta de una disposición transitoria en el texto legal que limite la revisión de penas, y señaló que los miembros de la Manada, entre otros delincuentes, podrían ver reducidas sus penas.

Igualdad sostiene que “hay una mala aplicación de la ley y mucho ruido por parte de quienes más interesados están en ello, los abogados de los agresores”. La secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez, y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, apuntaron durante una comparecencia conjunta que existen “serios problemas con el Poder Judicial”, sus sesgos de género y su interpretación de la realidad que juzgan. “El problema no es la ley, siempre hay un margen de aplicación de la ley. (...) Es una ley magnífica”, sentenció Rosell, para añadir que ahora le toca al poder judicial formarse y aplicar la ley de forma completa, no de una manera “tan reaccionaria y sorprendente”.

En sentido contrario, la ministra de Hacienda y vicesecretaria general del PSOE, María Jesús Montero, se mostró ayer partidaria de “estudiar las sentencias con detenimiento y estudiar el texto legal”, porque a su juicio es evidente que el objeto de esta ley del “solo sí es sí” no era que se pudieran rebajar las penas por abuso a menores, sino “todo lo contrario”.

Compartir el artículo

stats