La Audiencia de Pontevedra absuelve de nuevo a la funcionaria del Sergas denunciada por su hija por acceder a su historial clínico
El tribunal subraya que lo hizo sin que su hija "le retirara el consentimiento o le prohibiera el acceso"

Imagen de archivo de los juzgados de Vigo. / Alba Villar
R.V.
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a una funcionaria del Sergas del delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público del que estaba acusada por acceder al historial clínico de su hija.
El tribunal, según el fallo divulgado a la prensa, considera acreditado que la investigada, entre el 11 de junio de 2012 y el 2 de abril de 2014, "hizo uso de su usuario y clave de acceso personal" para entrar en 25 ocasiones a la historia clínica de la querellante, pero subraya que lo hizo sin que su hija, durante ese tiempo, "le retirara el consentimiento o le prohibiera el acceso".
El tribunal señala en la sentencia que existe "base probatoria suficiente" para sustentar la existencia de un consentimiento tácito y generalizado de los hijos de la acusada, también de la querellante, respecto de su madre, para acceder a sus historias clínicas cuando lo precisaban, al tiempo que destacan que "era algo normal en el seno familiar, que no generaba ningún tipo de controversia y del que se beneficiaban todos los integrantes de la familia, sin duda, la propia querellante".
Los magistrados explican que es "indiferente" el número de veces que la acusada haya accedido a la historia clínica de su hija, así como el determinar si esas entradas eran o no justificadas, lo que afirman que, en su caso, "habría sido relevante en el expediente administrativo que le fue aperturado por esos accesos".
Los jueces recalcan que lo relevante es "si hubo o no hubo consentimiento de la titular de los datos médicos" y concluyen, tras el examen de la prueba practicada, "que siempre hubo un consentimiento tácito, que nunca le fue retirado". Además, afirman que el testimonio de la perjudicada está "lleno de inconsistencias y de inexactitudes".
Contra el fallo cabe presentar recurso de apelación.
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