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La reclamación milmillonaria de Audasa al Estado si le quitan la AP-9

Vista desde el agua del puente de Rande. | // MARTA G. BREA

Más de 1.000 millones de euros. Audasa advierte de que exigirá una indemnización “significativamente superior al importe actual de su deuda” si se modifica o termina su vigente contrato de concesión de la AP-9 y su deuda actual supera ya los 1.000 millones.

En una comunicación de emisión de obligaciones que la compañía envió recientemente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, aprovecha para informar sobre sus planes sobre el procedimiento por el que la Comisión Europea ha declarado ilegal la prórroga hasta 2048 y por el que el Estado español está pendiente de responder.

En su comunicación la concesionaria argumenta que “si bien no es destinatario de la carta de emplazamiento ni parte en el procedimiento que se pudiera desarrollar” la compañía considera que si se ejecutan medidas que supongan “modificación o terminación del vigente contrato de concesión por causa no imputable a Audasa y por razones de interés público” implicaría el derecho de la empresa a “ser debidamente indemnizada, indemnización, que a juicio de Audasa sería significativamente superior al importe actual de su deuda”, argumenta la compañía.

El importe de esa deuda, según consta en el propio escrito de la empresa es de 1.065 millones de euros. Pero Audasa puntualiza que esta indemnización sería “significativamente superior” porque se entiende que reclamará también conceptos como el lucro cesante, con la cantidad que dejaría de percibir por peajes en base a su contrato hasta 2048 o las inversiones ya realizadas y que la compañía esperaba recuperar a lo largo de la concesión. En total, sumado el importe de la deuda actual de la compañía, la reclamación podría superar los 2.000 millones de euros.

El procedimiento abierto por la Comisión Europea es solo uno de los siete riesgos que enumera la compañía en su emisión de obligaciones como información acerca del emisor.

Otro de ellos se refiere a las consecuencias derivadas del COVID. Aquí se recoge que Audasa también reclama 46,2 millones de euros al Gobierno por la pérdida de ingresos en el primer estado de alarma (del 14 de marzo al 30 de septiembre de 2020). Informa de que esta solicitud ha sido rechazada por vía administrativa por el Ministerio de Transportes, de modo que la compañía ha iniciado un procedimiento por la vía contencioso-administrativa.

Además, detalla el “impacto negativo” en los niveles de tráfico por la pandemia. De tal forma, hubo un descenso del 29,92% en 2020 respecto a 2019, con unos ingresos por peaje un 16,6% inferiores (al pasar de 153,4 millones en 2019 a 127,9 millones en 2020, una reducción de 25,5 millones).

El procedimiento de la CE

La Comisión Europea anunció el pasado 23 de septiembre la apertura de un expediente a España por la extensión hasta 2048 de la concesión de la autopista de pago AP-9, sin haber abierto un concurso público para que optasen más empresas y no asignarla a dedo.

Bruselas envió una carta de emplazamiento, el primer paso en los procedimientos comunitarios de infracción, a las autoridades españolas para garantizar la correcta aplicación de la regulación europea en la concesión de contratos, al considerar que España no ha cumplido con sus obligaciones en esta materia.

En concreto, el Ejecutivo europeo considera que la última ampliación de la concesión de la AP-9, que extenderá los peajes hasta 2048, no se hizo de acuerdo a la legislación europea.

La asociación gallega En-Colectivo presentó en julio de 2020 una denuncia ante la Comisión Europea por considerar que las prórrogas de la concesión de la AP-9 a Audasa, aprobadas por sendos reales decreto en 1994 --hasta 2023, durante el Gobierno de Felipe González-- y 2000 --hasta 2048, durante el Gobierno de José María Aznar-- vulneraban la normativa comunitaria. Esta entidad reclama al Gobierno que se anule la concesión y que se devuelvan los cobros indebidos de peajes desde 2013.

Por su parte, este escrito de Audasa a la CNMV también detalla los pasos a seguir por el procedimiento de revisión abierto por la Comisión Europea (CE). De tal modo, tras la carta de emplazamiento, si la CE llega a la conclusión de que el Estado no cumple sus obligaciones, puede enviar un dictamen motivado, es decir, “una petición formal para que se dé cumplimiento” a la legislación europea. En el caso de que el Estado mantenga el incumplimiento, la CE puede remitir el asunto, mediante demanda, al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

De tal modo, si el TJUE sentencia que España infringe la normativa europea, el Estado “podrá adoptar o no aquellas medidas que considerase adecuadas para ajustarse a la sentencia”. Es aquí donde Audasa advierte de que se deberá indemnizar a la compañía en caso de salir perjudicada.

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