Otra sentencia desestimatoria en materia aérea dictada por el juzgado vigués recientemente tiene un matiz diferente, ya que el caso se rechazó por motivos formales. La demanda contra Air Europa por la cancelación de un vuelo la efectuó una asociación legal especializada en reclamaciones a aerolíneas. Lo curioso es que, según se desprende de la resolución, los pasajeros perjudicados hicieron una "cesión de crédito" para que el colectivo después efectuase la reclamación judicial. Así fue, pero los errores detectados en esa cesión llevan al magistrado a dar la razón a la aerolínea.

"La parte que ostenta una cesión debe llegar a la acreditación de la misma a efectos de poder hacer los derechos propios del cedido", dice el juez. Y en este asunto, añade, "de la lectura" del documento formalizado "no se puede concluir qué es lo que se ha transmitido por los pasajeros". "Debe concretarse el día, hora, vuelo y compañía de la que dimana el crédito, explicando el hecho que determina el crédito, así como su cuantificación", argumenta. Y esto en este procedimiento no ocurrió, motivo que lleva al rechazo del litigio mediante una sentencia que, además, ya es firme.