Un conductor de Vitrasa que fue despedido por la empresa tras ser grabado reiteradamente por la cámara del autobús en sus diez minutos de descanso, en actitud cariñosa y de toqueteo con una mujer a la que no cobraba billete, a la vez que fumaba y orinaba desde el vehículo sin llegar a bajarse, volverá a su trabajo.

Los hechos tuvieron lugar el pasado verano y siempre se producían al concluir la ruta en la parada del campus vigués, una vez que todos los pasajeros habían abandonado el autocar. La mujer se quedaba con él en una zona donde no existen cafeterías ni baños. El Tribunal Superior de Xustiza (TSXG) ha estimado parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Vigo que refrendó el despido por conductas impropias durante el verano de 2017 y revoca el fallo, a la vez que declara nula la rescisión del contrato.

El alto tribunal gallego da la razón a los argumentos del trabajador: la empresa utilizó las cámaras en contra del acusado, pese al acuerdo con el comité de empresa de que no se grabaría a los conductores, sino que se utilizarían solo para reforzar la seguridad. En este caso el fallo del TSXG aplica directamente la jurisprudencia de delitos humanos de la Unión Europea y se desmarca de la línea seguida por el Tribunal Supremo y el Constitucional, que han defendido que las cámaras puedan utilizarse contra de los trabajadores. El tribunal gallego ve un ataque a la intimidad del trabajador, pues era grabado en sus tiempos de descanso en una zona solitaria, especialmente en verano cuando ocurrieron los hechos, donde no hay cafeterías ni baños.

Por otra parte, la defensa ejercitada por el abogado Alberto Muñoz demostró que el trabajador no fumaba cigarrillos de tabaco, sino terapéuticos (hierbas) y fueron recomendados en un tratamiento de problemas nerviosos.

El TSXG condena a Vitrasa a "readmitir de forma inmediata" al trabajador en el mismo puesto de trabajo y en las mismas condiciones que tenía antes del despido, con bono de lo salarios que dejó de percibir.

El fallo del TSXG da diez días a las partes para interponer recurso de casación para unificación de doctrina.