El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Vigo prosigue la investigación judicial de dos de los tres crímenes de violencia machista ocurridos el pasado año en la ciudad olívica -el otro está abocado al archivo ya que el agresor se suicidó-. Y en uno de estos casos, el del vecino de Vigo de 62 años que supuestamente mató a su esposa después de arrojarla desde un tercer piso, la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de ratificar la medida de prisión provisional decretada por la juez instructora en noviembre, desestimando así el recurso presentado por la defensa contra esa decisión. La víctima, María José Rodrigues Fernandes, natural de Chaves (Portugal), tenía 71 años y estaba en proceso de separación cuando ocurrió el crimen el 29 de octubre en una vivienda de la calle Carrizo, en el barrio de O Calvario.

El auto judicial, con fecha del pasado 11 de febrero, fue dictado por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, la competente en materia de violencia sobre la mujer de este órgano provincial. La sala confirma la medida privativa de libertad establecida para Alberto José V.G., que de forma previa a entrar en la cárcel estuvo casi tres semanas en la Unidad de Psiquiatría del Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo. "En el caso que nos ocupa todos los requisitos de la legalidad [...] están plenamente cumplidos [...] Así, se imputan al recurrente unos hechos consistentes en dar muerte de manera violenta a su esposa, haciéndola caer al vacío desde la ventana de la vivienda, inicialmente calificados de asesinato en base a unos indicios que se derivan de las actuaciones practicadas", argumenta la Sección Cuarta.

Los magistrados consideran que la fase inicial en que están las diligencias, la naturaleza y gravedad del delito que se atribuye y las penas previstas para el mismo "harían previsible que el imputado intentase sustraerse a la acción de la justicia". Así, prosiguen, "la necesidad de garantizar la disponibilidad procesal de éste, especialmente el de asegurar la presencia del procesado en el juicio y el de evitar obstrucciones a su normal desarrollo, llevan a la sala a justificar el mantenimiento de la prisión provisional, que se considera adecuada y proporcionada". Al respecto de ello, la sala señala que por las circunstancias del investigado y del caso concreto, no estiman suficientes "otros mecanismos distintos" al de la medida de encarcelamiento.

Con respecto a la instrucción de esta causa, además de la comparecencia del sexagenario, que negó la autoría de los hechos, declararon testigos, entre ellos los policías locales que escucharon a la víctima, antes de morir, culpar a su marido de tirarla por la ventana. Además de la caída, la autopsia al cuerpo de la víctima reveló que la mujer también presentaba heridas contusas en cuello y mandíbula, marcas de uñas en la cara y signos de una acción de sofocación o de que la agarraron por el cuello, así como señales de que habría habido un forcejeo previo a la caída por la ventana.