Los boletines oficiales de las cuatro provincias gallegas han publicado este martes las candidaturas definitivas para las elecciones municipales del próximo 26 de mayo y de su análisis se desprende que la junta electoral de zona de Ourense ha anulado la lista que incluía solo a mujeres en Xinzo da Limia, Xuntas por Xinzo.

Sin embargo, en Sober (Lugo), sí quedó validada otra candidatura integrada únicamente por mujeres --Agroma Sober-- y que encabeza la diputada de En Marea Paula Vázquez Verao. La diferencia entre ambas radica, no obstante, en que en este caso se incluyen nombres de hombres en el listado de suplentes.

Según las fuentes judiciales consultadas por Europa Press, la candidatura de Xuntas por Xinzo fue anulada por no cumplir la paridad que exige la Ley de régimen electoral general, es decir, tenía que haber incluido a hombres. Con todo, las integrantes han decidido recurrir a un contencioso administrativo para reclamar la validez de su lista, recorrido judicial que se puede prolongar hasta el 9 de mayor si se acude tras la sentencia inicial al Constitucional.

No es la única candidatura anulada en Galicia para las municipales, se trata de Plataforma Alternativa dos Veciños-Son en Común. Los vecinos de Arteixo se quedarán sin poder votar la opción apoyada e incluida en el paraguas Son En Común, en la que participan --con matices en algunas localidades-- Podemos, Esquerda Unida y Anova.

En este caso, según fuentes de la formación consultadas por Europa Press se trata de un defecto de forma. La plataforma que ya se había creado con anterioridad se había registrado como partido político, una cuestión formal que no fue comunicada y quedó fuera de la coalición 'paraguas' hecha para toda Galicia.

Es decir, no se pueden presentar dos partidos unidos sin que formen parte previamente de una coalición registrada en el plazo habilitado para ello, que fue lo que ocurrió en este caso al haberse registrado como partido político la plataforma vecinal. Las mismas fuentes consultadas han apuntado que, una vez valorado jurídicamente, no presentarán recurso contencioso.