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La Xunta eleva hasta los 225 euros al mes el bono de alquiler social contra los desahucios

A esta ayuda se añade un nuevo colectivo de beneficiarios, a los que se les acaba contrato en viviendas de la Sareb, y se crea un prórroga extraordinaria por tres años adicionales

Obras en antiguas casas de maestros para convertirlas en viviendas sociales. // Bernabé/Cris M. V.

El Gobierno gallego ha decidido incrementar, en el cuarto año de aplicación de este programa, los importes del llamado bono de alquiler social, destinado a paliar los efectos de los desahucios cuando el inquilino no es capaz de hacer frente a la renta mensual. Dependiente del municipio de residencia, las ayudas oscilaban entre los 150, los 175 y los 200 euros al mes, pero a partir de ahora las cuantías subirán un 12%, de forma que quedan fijadas en 175, 200 y 225 euros.

Además de este, hay otros cambios, como ampliar el rango del importe de los alquileres con derecho a recibir una subvención. Así, si antes la renta máxima estaba fijada en 400 euros al mes para las viviendas ubicadas en los ayuntamientos de A Coruña, Ferrol, Santiago, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo, en adelante se eleva hasta los 450 euros.

En los ayuntamientos de mediano tamaño -A Estrada, A Illa de Arousa, Baiona, Bueu, Cambados, Cangas, Gondomar, Lalín, Marín, Moaña, Mos, Nigrán, O Grove, O Porriño, Poio, Ponteareas, Pontecesures, Redondela, Sanxenxo, Tui, Vilagarcía de Arousa y Vilanova de Arousa en el caso de la provincia de Pontevedra-, el alquiler puede llegar a los 400 euros al mes, cuando en anteriores convocatorias era 50 euros inferior. Y en el resto de los municipios, las rentas máximas pasan de 300 a 350 euros.

Para el caso de las ciudades, el bono de alquiler social llegar ahora a los 225 euros mensuales, mientras que en los concellos medianos se queda en 200 y en los pequeños, la cuantía sube de 150 a 175.

Las ayudas se conceden por un periodo de un año prorrogable otros dos, hasta un máximo de tres ejercicios de percepción de esta ayuda, que se paga en doce mensualidades. Pero en la nueva regulación, también como novedad, se crea un prórroga extraordinaria de otro trienio.

Finalizado el periodo inicial de tres años, se podrá solicitar una extraordinaria, con una duración máxima de tres años -que deberá ser renovada anualmente- pero con un importe decreciente. Para el primer año de prórroga extraordinaria se pagará el 75 % del importe de la renta máxima correspondiente a la zona territorial de su contrato, sin que pueda exceder de la que venía percibiendo. Para el segundo año se rebaja al 50 % y para el tercero se mantienen las mismas condiciones.

El nuevo reglamento incorpora a las ayudas un nuevo colectivo que puede beneficiarse de los apoyos: aquellas familias que siendo residentes en viviendas de entidades financieras o de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de Reestructuración Bancaria (Sareb), en virtud de los convenios de colaboración suscritos con la Xunta, finalizaran la vigencia de su contrato de arrendamiento.

Esta población diana se suma a los perfiles que ya podían acceder a las prestaciones, como las personas en situaciones de especial dificultad, víctimas de violencia de género o "unidades de convivencia" con problemas para asumir el coste de una vivienda, que hayan sido privados de ella por daños derivados de una circunstancia imprevista (como incendios o inundaciones), los arrendatarios de viviendas de promoción pública de la Xunta cuya vigencia del contrato terminase después de la entrada en vigor de esta orden y las personas en situación de emergencia social que no alcancen los ingresos necesarios para el acceso al Programa de Vivendas Baleiras, que pueden ser propuestas para la adjudicación de una vivienda en dicho programa.

Además, el programa de "Bono de Alugueiro Social" también contempla una "ayuda única" de 600 euros para afrontar los gastos derivados de la formalización de un nuevo contrato de arrendamiento o para el pago de deudas.

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