-¿No es duro tener que ir a un juzgado a pedir la incapacitación civil de un padre o una madre?

-Es un mal trago para cualquiera. Por eso hay que buscar una solución más ágil, y no judicializar el tema. El Gobierno de Rajoy, antes, y ahora el actual estudia mudar el Código Civil, precisamente, para evitar el paso por los juzgados en la mayoría de los casos. Además los fiscales empiezan a quejarse porque cada día tienen más expedientes de este tipo, precisamente porque la población del país está cada vez más envejecida.

-¿Cuál sería la alternativa?

-La fórmula de la incapacitación judicial civil tiene 50 años y estaba pensada para discapacitados intelectuales o para menores de edad que se quedaban huérfanos y necesitaban un tutor legal que velara por su futuro y gestionara el patrimonio dejado por sus padres. Ahora la mayoría de los casos son personas mayores que van perdiendo sus capacidades por la edad y la enfermedad. Sus parientes son sus guardadores de hecho, una fórmula que aparece recogida en el Código Civil. Un guardador de hecho es el que cuida de alguien que no puede valerse por sí mismo, pero no tiene potestad para manejar sus bienes. Hay que cambiar la legislación para que el guardador de hecho tenga más capacidad de maniobra. Hay que ampararlo juridicamente para que pueda sacar dinero de la cuenta para pagar al cuidador o el centro de día, o vender una finca, porque la pensión no llega para costear la residencia de mayores. Hay que actualizar el marco jurídico y buscar respuestas más ágiles, y sin necesidad de acudir a un juzgado.

-¿Y cómo proteger a los mayores, para que no sean víctimas de familiares con males intenciones que no quieren cuidarles, si no sablearles su patrimonio?

-En caso de mayores con patrimonios importantes, o con familiares que discuten por la potencial herencia obligatoriamente habría que ir a la incapacitación judicial civil. Así es un juez quien decide quién es el familiar que se encarga del mayor y de gestionar sus bienes. Y ese tutor cada seis meses debe informar al juez del estado de los bienes. Así se controla que no dilapide el patrimonio del familiar. El objetivo siempre ha de ser proteger al mayor pero con fórmulas más flexibles.