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Una regulación pendiente

El exceso de público o la reventa serán causa de suspensión inmediata de un evento

La nueva ley establece multas de hasta 600.000 euros por superar el aforo y de 300 por revender entradas -Permitirá desalojos ante un "peligro inminente" para evitar casos como el del Madrid Arena

Colas de asistentes en el acceso al concierto de Bruce Springsteen en Santiago en 2009. // X. Álvarez

En 2012 un exceso de público provocó que las casi 17.000 personas que abarrotaban el Madrid Arena colapsasen las salidas, en las que perdieron la vida cinco jóvenes y una treintena resultaron heridos. El empresario que permitió el acceso de más público del permitido en esa instalación fue condenado a cuatro años de cárcel, pero el suceso dejó en evidencia las lagunas de seguridad en alguno de estos eventos masivos.

En Galicia, la percepción de "riesgo grave o peligro inminente para la seguridad de las personas", así como la reventa de entradas o la presencia de menores en los espectáculos donde esté prohibida, será causa para suspender de forma inmediata el evento, desalojando al público sin esperar a ningún tipo de orden judicial o similar. Esta posibilidad será una realidad a partir del próximo año, después de que la Xunta la plantease en 2012 y aprobase el primer borrador legal en 2013.

Para esas infracciones muy graves, se prevén multas de hasta 601.000 euros y cierre del recinto o suspensión del negocio hasta tres años. El Gobierno autonómico ultima la fase de alegaciones de la Lei de Espectáculo Públicos e Actividades Recreativas de Galicia, que pretende cubrir un vacío legal en este terreno. En septiembre llegará al Parlamento, según fuentes de Vicepresidencia, por lo que la tramitación ordinaria situaría su aprobación definitiva antes de concluir el año. La mezcla de elementos de este texto con la regulación de las verbenas y el régimen económico de estas es alegada por el Ejecutivo para justificar el retraso en la luz verde a esta normativa, cuatro años más tarde de ser aprobado el borrador del anteproyecto. El texto incluye estos preceptos entre los más destacados:

| Actuaciones inmediatas. Xunta y concellos podrán actuar sin esperar a la apertura de procesos sancionadores por razones de "urgencia inaplazable" ante espectáculos prohibidos en la ley, con un exceso de aforo que genere peligro, carezcan de licencia, se produzcan alteraciones de orden público o se incumplan horarios. Se podrá suspender el evento, desalojar y clausurar el recinto e incluso retener materiales o animales, al margen de la posterior multa.

| Sanciones máximas. Con hasta 601.000 euros se castigarán las faltas muy graves, como el exceso de público, celebrar espectáculos prohibidos o carecer de un seguro obligatorio.

| Artista que se niegue a actuar, castigo de hasta 30.050 euros, igual que la discriminación en el derecho de admisión. La legislación establece castigos para las infracciones graves que oscilan entre los 30.050 y los 300 euros y cierre del negocio durante un máximo de un año. En esta categoría, se encuentra el exceso de asistentes siempre que no exista riesgo grave para la seguridad, pero también la negativa injustificada de un artista a actuar. La discriminación también se incluye en este epígrafe -en el original se preveía el castigo máximo como falta muy grave-, pues el derecho de admisión no podrá "suponer, en ningún caso, discriminación por razón de raza, identidad de género, orientación sexual, religión, opinión, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". La publicidad sexista o la alteración del contenido anunciado de un evento también derivará en una sanción de estas cuantías para los organizaciones, según establece el borrador legal. También recoge estos castigos para el incumplimiento de horarios, cuyo marco general regulará la Xunta, pero podrán modificar los concellos.

| Reventa, 300 euros. La venta de entradas para obtener beneficio económico es una práctica prohibida por esta ley, que establece una multa de hasta 300 euros para quien la cometa, si bien abre la opción de suspender eventos si existe algún "riesgo".

| Seguro obligatorio para las verbenas organizadas por vecinos. Las verbenas populares estarán exentas de licencia municipal, pero deberán suscribir un seguro.

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