Es la octava ley educativa de la democracia: la LOMLOE (Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación), conocida también como Ley Celaá. Y se aprobó la semana pasada en medio de polémica, especialmente por la eliminación de la mención del castellano como lengua vehicular, que abrió de nuevo el debate en el aspecto lingüístico especialmente en comunidades con dos lenguas cooficiales, y también por medidas de control en la concertada (eliminación del concepto de demanda social). Algunos aspectos que trae esta ley:

  • Cuatro modalidades de Bachillerato. En la actualidad son: Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias (que pasará a llamarse Ciencias y Tecnología) y Artes. Ahora se añadirá una más: General. En esta modalidad habrá contenidos de las demás opciones. Ideal para el alumnado que no lo tiene claro o que le gustan varias disciplinas por igual.
  • Simplificación de materias. Se volverá a un modelo más simple en la distribución de materias con respecto a la Ley Wert. Serán asignaturas obligatorias y optativas. Se prevé también aligerar la carga lectiva del currículo y la etapa de Primaria se volverá a organizar en ciclos de dos cursos.
  • Menos itinerarios y recuperación del programa de diversificación curricular. Se eliminan los itinerarios que hacían elegir al alumnado caminos temáticos ya en la ESO. Ahora se piensa en programas de diversificación curricular. En tercero, el alumnado que vaya mal podrá matricularse en uno de estos programas. Continúa en 4º curso y permiten obtener igualmente el título de la ESO. “Se recuperan los denominados Programas de diversificación curricular, que permiten modificar el currículo desde el tercer curso de educación secundaria obligatoria, para el alumnado que no esté en condición de promocionar a tercero. Los objetivos de la etapa y las competencias correspondientes se alcanzarán con una metodología específica. Estos programas de diversificación curricular estarán orientados a la consecución del título de Educación Secundaria Obligatoria”, apunta la ley.
  • Lengua vehicular. El concepto de lengua vehícular había sido aprobado por el PP en 2013. No obstante el hecho de eliminar esta expresión parece que tendrá un alcance práctico limitado, según lingüistas consultados. El Gobierno parte de que los alumnos deben terminar la enseñanza obligatoria controlando las lenguas cooficiales de la comunidad: “Las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la normativa aplicable”.
  • En cuanto a los centros de Educación Especial. “Las Admnistraciones educativas velarán para que las decisiones de escolarización garanticen la respuesta más adecuada a las necesidades específicas de cada alumno o alumna, de acuerdo con el procedimiento que se recoge en el artículo 74 de esta Ley. El Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, de acuerdo con el artículo 24.2 e) de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y en cumplimiento del cuarto Objetivo de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. Las Administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios”, como consta en la LOMLOE.
  • ¿Pasar con suspensos? “Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo de Bachillerato cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. Para obtener el título será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de bachillerato. No obstante, se contempla la posibilidad de que, excepcionalmente, el equipo docente pueda decidir la obtención del título de Bachiller por el alumno o alumna que haya superado todas las materias salvo una, siempre que se considere que ha alcanzado los objetivos vinculados a ese título”, dice la ley. “Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de bachillerato”. Ante posibles excepciones, la Consellería de Educación de Galicia ha concretado que en esta comunidad será necesario aprobar todas las asignaturas para superar ESO y Bachilerato.
  • Valores Cívicos. “Se añade un área de Educación en Valores cívicos y éticos, en la cual se prestará especial atención al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia, a los recogidos en la Constitución Española, a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial, a la función social de los impuestos y la justicia fiscal, a la igualdad de mujeres y hombres y al valor de respeto a la diversidad, fomentando el espíritu crítico, la cultura de paz y no violencia y el respeto por el entorno y los animales”, dice la nueva ley.
  • Peso del Consejo Escolar. “Se modifica la regulación de los procesos de selección y nombramiento del director o directora. La selección será realizada en el centro por una comisión constituida por representantes del centro correspondiente; de estos representantes en la comisión, un tercio será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar que no son profesores o profesoras”, indica la LOMLOE.