Investigación

El juez autorizó el registro de la sede fiscal de Samaranch al detectar que se "obstruía" la inspección de Hacienda

En el registro fue hallado un catálogo de 1.600 obras de arte, algunas de las cuales estaban guardadas en armarios empotrados

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estima que los hijos de Samaranch también prestaron poca colaboración con la investigación de Hacienda

Juan Antonio Samaranch.

Juan Antonio Samaranch.

Tono Calleja | Roberto Bécares | Cristina Gallardo | Alberto Múñoz

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona autorizó en julio de 2010 el registro de la sede de la sociedad JAS SL, la empresa patrimonial de Juan Antonio Samaranch (fallecido el 21 de abril de ese mismo año), al comprobar que se mantenía una actitud “obstruccionista” ante la inspección abierta por HaciendaEsa falta de colaboración se produjo por la negativa a aportar datos relevantes para la Inspección, según se apunta en una sentencia dictada el 15 de marzo de 2023 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, del grupo Prensa Ibérica.

Dicho fallo, recurrible ante el Tribunal Supremo, señala que la familia Samaranch y sus representantes no aportaron la información requerida para ayudar a concluir dónde residía realmente el expresidente del COI, un dato clave a la hora de determinar sus obligaciones fiscales cuando se le estaba investigando desde Hacienda y, posteriormente, desde los tribunales. Para descubrir si permanecía o no habitualmente en España en el periodo revisado por Hacienda -de 2004 a 2007-, se llegaron a utilizar facturas de ropa, complementos o decoración de su casa, así como tiques de restaurantes, facturas médicas o los informes de su escolta policial que probaban, entre otras cosas, su “asistencia habitual a servicios religiosos los domingos en parroquias concretas de Barcelona”.

El Tribunal Económico-Administrativo Central, dependiente del Ministerio de Hacienda, que condena a los Samaranch a pagar 255.197 euros por el impago del Impuesto sobre Patrimonio de 2007, reprocha también a la familia que no entregara información sobre sus rentas procedentes del extranjero ni sobre los bienes situados tanto dentro como fuera de España, especialmente las obras de arte y antigüedades, “negando falsamente su existencia”. En total, el que fuera presidente del COI durante 21 años habría ocultado al fisco un patrimonio de más de 12 millones de euros entre obras de arte y dinero en cuentas de Suiza y Andorra.

Investigación

Los hechos se remontan al 30 de junio de 2009, cuando Hacienda abrió una investigación contra Samaranch, que falleció un año después, en relación al Impuesto sobre la Renta y al Impuesto sobre el Patrimonio de los años 2004, 2005, 2006 y 2007, tras detectar indicios de que mantenía un patrimonio oculto, entre el que se encontrarían numerosas piezas de arte. Samaranch y sus colaboradores aseguraron al principio del procedimiento, sin embargo, que sólo disponía de "una escultura de alabastro de Arabia Saudí, valorada en 3.500 euros y un cuadro de Pere Pruna valorado en 23.000 euros" susceptibles de incluirse en la declaración fiscal durante los años investigados.

El 26 de marzo de 2010, casi un año después de iniciar sus pesquisas, sin embargo, la Inspección siguió en esa línea y remitió a Samaranch un correo electrónico en el que se le requería a que, “en una próxima visita”, debía aportar una “relación detallada de todos los bienes muebles de valor, objetos de arte (cuadros, dibujos, etc) y antigüedades”.

Samaranch y sus representantes, “pese a la existencia de publicaciones especializadas que atribuían" al expresidente del COI "una notabilísima (y vaya si lo era) colección privada”, indica de forma textual el TSJ catalán, volvieron a argumentar que su colección se circunscribía a una escultura y una pintura de valor conjunto inferior a los 30.000 euros.

El 8 de abril, la Inspección reiteró por correo electrónico el requerimiento, que fue contestado de nuevo por la defensa de Samaranch con los mismos argumentos: que no era titular de ningún bien más susceptible de pagar impuestos. Estas contestaciones evasivas del entorno del impulsor del olimpismo moderno eran, según subraya el TSJ catalán en su sentencia, “toda una declaración de las intenciones de colaboración”.

En medio de la inspección, el 21 de abril de 2010, falleció Samaranch. No obstante, Hacienda prosiguió sus pesquisas, pero en este caso se centró en la "herencia yacente” del expresidente del COI.

Obras de arte

Las explicaciones dadas por la defensa de Samaranch no convencieron a los funcionarios de Hacienda, que habían tenido acceso a “pruebas” que evidenciaban que era titular de “otros bienes de importante valor, como serían obras de arte y antigüedades, dada su pública y conocida afición por el arte y el coleccionismo, cuya existencia también se ha negado ante la Inspección”.

Por eso, el delegado especial de la Agencia Tributaria pidió en julio de 2010 una autorización judicial para registrar la sede social de la empresa del expresidente del COI para descubrir “todos aquellos bienes y rentas” que Samaranch “ha ocultado al fisco”. La finalidad de esta actuación era, explica este funcionario en su petición al juez, obligar a los integrantes de esta familia a que regularizaran sus pagos al IRPF y al Impuesto sobre el Patrimonio, pero también “evitar que la situación de defraudación se perpetúe en sus herederos”.

Entrada sin previo aviso

"Los indicios de defraudación fiscal que han sido obtenidos por la Administración, unidos a la actitud cuanto menos evasiva del afectado directamente o de sus colaboradores más directos, justifican que la Administración Tributaria no tenga otra solución que entrar sin previo aviso en el domicilio social de una entidad que se presume como de cobertura", especificaba el delegado especial de la Agencia Tributaria, cuya investigación ha refrendado el TSJ catalán.

De esta forma, este funcionario reclamaba al Juzgado la autorización para registrar los días 7, 8 y 9 de julio de 2010 la sede de la empresa JAS SL, la firma patrimonial de los Samaranch, para determinar si ocultaban con ella su patrimonio.

El registro puso de manifiesto que la realidad era bien distinta a cómo la presentaba el expresidente del COI y su entorno más cercano. Frente a las "dos obras de un valor de 26.500 euros", había un catálogo con más de 1.600 obras de arte, dibujos y pintura, algunos de muy conocidos artistas. Según estimó la Agencia Tributaria, Samaranch debía haber tributado en los años investigados, de 2004 a 2007, por al menos 58 de estas obras, cuyo valor total ascendería a 2.890.600 euros. Los inspectores también concluyeron que debería haber pagado impuestos por la colección de sellos, valorada en 19.900 euros, y la de "iconos", estimada en 69.600 euros. 

El TSJC llega incluso en su sentencia a calificar como “pueril” la explicación de los hijos de Samaranch tras descubrir Hacienda que disponían de un catálogo de sus obras de arte: “Lo que aquí se trata es del hallazgo de un inventario (no de un simple catálogo artístico innominado), ya en soporte físico, ya electrónico, de centenares de objetos artísticos, en el domicilio de la sociedad patrimonial, en relación al cual negoció préstamos el finado, por quien, pese a la evidencia en publicaciones especializadas, negaba la titularidad de objetos de arte, al margen de los dos residuales mencionados”, prosigue el TSJ catalán.

Descubrimiento arqueológico

Numerosos de los objetos del inventario fueron encontrados en el inmueble registrado, cuyo trabajo, explican los jueces, “fue propio de un descubrimiento arqueológico”, por lo que se tuvo que prorrogar la diligencia de entrada “ante la falta material de tiempo para tomar fotografías de los objetos encontrados”.

La defensa de los Samaranch arguyó que el catálogo se había confeccionado en 2001, por lo que era “muy anterior” al periodo de comprobación 2004-2007, y matizaba que englobaba obras de toda la familia. De hecho, en algunas de las fichas de cuadros, reconoce la Inspección, se “señala como su ubicación la casa de su hijo o de su hija, ya que eran de su propiedad”.

La falta de colaboración de los Samaranch no finalizó tras encontrar Hacienda las obras de arte que esta familia había negado poseer. También negaron que el progenitor fallecido dispusiera de cuentas abiertas fuera de territorio español: “Tras el referido registro, pasaron a guardar un silencio absoluto a los requerimientos y preguntas de la Inspección”, destacan los jueces, que recuerdan que los fondos ocultos en Suiza y Andorra superaron los siete millones de euros. 

Hacienda aseguró, además, que la versión de los Samaranch de que no habían podido regularizar la situación por la muerte del expresidente del COI es una “muy pobre excusa”, porque la Inspección también informó a sus sucesores de sus actividades. “El Tribunal Económico-Administrativo Central describe con minuciosidad un cuadro de evidente mala fe y abuso en la aportación de prueba en sede de revisión económico-administrativa”, recuerda el TSJ catalán en su sentencia del pasado mes de marzo.

Los magistrados son también muy críticos con las alegaciones de los Samaranch, que califican como “hueras” y que “carecen, como tantos otros extremos de la presente controversia, de oportunos calificativos”. Como, por ejemplo, que llegasen a pedir a un notario “la teórica comprobación de fotografías familiares (con varias escenas cotidianas, en que lo que menos importa es el teórico cuadro) a fin de constatar si en ellas aparecen algunas de las obras de referencia, presumiendo que aquél tiene conocimientos y medios bastantes para concluir la identidad de obras millonarias con tan rudimentarios (por no decir lamentables) mimbres”.

En relación a los extractos bancarios descubiertos en el registro, los jueces también ponen de manifiesto que estos fueron hallados en una caja fuerte, y que en ellos se constatan las posiciones de una cartera de inversiones: “En ellos aparecen convenientemente mutilados exactamente los apartados que podrían revelar la titularidad, circunstancia en absoluto azarosa o accidental”.

"Sepulcral silencio"

Y los magistrados recuerdan que desde un principio los Samaranch mantuvieron “un sepulcral silencio” sobre las cuentas, al mismo tiempo que se llagaron a “manipular” -sin saber por parte de quién- los documentos bancarios “para dificultar la identificación de los titulares”.

Sobre la atribución de dos cuentas suizas, acerca de cuya autoría no han colaborado las Autoridades helvéticas, el TSJ catalán pone de manifiesto que Hacienda descubrió en el registro “correos electrónicos reveladores de la titularidad por el fallecido (en vida) de cuentas en la entidad UBS, órdenes de transferencia e ingresos por el mismo con origen y destino en cuentas de la misma entidad”. 

Pero también una “propuesta de reestructuración (a futuro, en efecto, con posterioridad al fallecimiento del obligado)”, una evidencia que para los magistrados “demuestra que la herencia yacente y sus sucesores mantienen bien vivo el legado crematístico del finado, y no permanecen ajenos a él -ni a sus silencios-, como trata de hacerse creer a esta Sala”.

“Por último”, prosigue la sentencia, “llega a negarse la titularidad de la segunda cuenta suiza cuando obran órdenes de operativa con ella directas del propio fallecido, rubricadas por él, de 50.000 en 50.000 euros, tal era su nivel de vida, y a un ingreso correspondiente a la venta de la segunda residencia gerundense, por cuenta intermedia, a fin de no desvelar siquiera a la compradora la titularidad de la cuenta suiza aludida, buen ejemplo de la opacidad ante el fisco español”.

Este periódico se ha dirigido en varias ocasiones a la empresa de Juan Antonio Samaranch, GBS Finanzas, para trasladar de forma oral y por escrito las preguntas sobre la sentencia y la actuación de los herederos del expresidente del Comité Olímpico Internacional. Esta redacción no ha recibido ninguna respuesta de la familia Samaranch sobre las preguntas enviadas. Tampoco lo ha hecho desde el gabinete de prensa del Comité Olímpico Internacional, con sede en Lausana.

[object Object]

Juan Antonio Samaranch, conocido coleccionista de arte y antigüedades, tenía catalogadas más de 1.600 obras artísticas en su domicilio social de la avenida Diagonal de Barcelona, según pudo constatar la Inspección de la Agencia Tributaria durante la investigación que se realizó al expresidente del COI. En el registro del inmueble, que contaba tanto con seguridad privada como vigilancia de agentes de paisano de la Policía, había una sala exclusivamente reservada a las colecciones de arte, antigüedades y demás objetos. Toda la sala, de tamaño “considerable”, según los agentes, estaba amueblada con armarios empotrados y centrales en cuyo interior se hallaban cuadros, esculturas, carteles, medallas, y demás objetos. En los papeles hallados en los ordenadores de la sede también se encontraba un documento sobre el seguro contratado para los 25 cuadros prestados para una exposición en la Fundación Vila Casas, entre los que se encontraban varios de los que, según la Delegación Especial, deberían integrar la base imponible del impuesto de Patrimonio. Entre ellos estaban "Dos figuras", de Marc Chagall, "Abstracte", de Joan Miró, "Mujer sentada", de lsidro Novell y "Retrato de Ricard Opios", de Picasso.