Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerdan que los trabajadores que hayan estado en expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y que ganan menos de 22.000 euros al año tendrán que presentar la declaración de la renta, si lo percibido supera los 1.500 euros. Las cantidades pagadas por el SEPE como consecuencia de un ERTE se consideran rendimiento del trabajo, al igual que el resto de sueldos o salarios y el SEPE es a efectos fiscales un segundo pagador.